Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Laia1972

casero/a

En un alquiler con opción a compra y fianza de 40000e,si no me compra el piso puede reclamarme devolverle la fianza?

Hola,

Quiero vender mi piso y una persona me ha dicho que me lo podría comprar dentro de 1,5 años. Me propone hacer un contrato de alquiler con opción a compra, donde haremos constar la obligación de que si pasados los 1.5 años no ha comprado el piso, perderá los 40000euros que deja como fianza.

También hemos acordado que hasta la fecha de compra él pagará un alquiler de 700euros mensuales, que NO irán a descontar del precio final del piso.

Me gustaría saber, en caso que se niegue a comprar el piso, si me puede obligar a que le devuelva los 40000euros de fianza alegando algún motivo personal: que el banco no le concede la hipoteca, que se ha divorciado, que se ha quedado en paro, que lo han trasladado a otra ciudad, una enfermedad, etc, etc..

No sé si algún juez en estos casos le podría dar a él la razón, y en el caso de que fuera posible, me gustaría saber si puedo "blindar" el contrato con alguna cláusula para que no pueda reclamarme la devolución de dicha fianza.

Muchas gracias.

Laia.

 

  • Preguntado por: Laia1972
  • Hace 10 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (5)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Laia1972

    casero/a

    Muchas gracias a todos por sus respuestas. Tienen razón, me he informado y he visto que fianza y prima son dos palabras muy diferente, y se tiene que ir con mucho cuidado en un contrato al manejar todos los términos. Tal y como me aconsejan, iré a un abogado, aconsejo lo mismo a todos los que se encuentren en una situación parecida.  

  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Efectivamente, confundir fianza con prima puede costarte 40.000 euros. Yo creo que asesorarse con un especialista que redacte el contrato y que te informe de tus derechos y obligaciones es un gasto minimo que evitara muchos disgustos.

    Pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr.es

  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    • Laia1972 No entiendo que en una operación de tanto dinero no te apoyes en un abogado especilista en alquileres de tu zona.
    • Pero busca uno este mismo lunes próximo
  • usuario eliminado

    Laia1972: aparte de lo que le ha dicho el compañero PHOLMO, creo que deben hacer ese contrato delante de un abogado que les deje claros los conceptos y las condiciones, que si no luego vienen los problemas.

    Los contratos de opción de compra son muy raros para la gente que no está acostrumbrada a ellos. Grosso modo es algo parecido a las preferentes: la gente no debe hacerlas por su propia iniciativa y sin asesoramiento.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Laia veo que ni Vd. ni su futuro comprador tienen claro el concepto de opción de compra, le sugiero loconsulte en mi blog done está ampliamente tratado, esa cantidad no es ni debe ser una fianza, sino el precio o prima de la opción que quedara en su poder si el inquilino no ejerce esa opción 

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/  

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas