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D

casero/a

Alquiler a jubilado

Buenas tardes, lo primero agradecer a todos los participantes por la ayuda que nos prestáis a los no profesionales del alquiler aclarando nuestras dudas. 

Y ahora mi pregunta concreta, tengo un piso para alquilar y un interesado en hacerlo, en el momento de presentar la documentación me entero que es jubilado, separado y que su ex mujer y sus hijos viven muy cerca de mi piso y por lo tanto los hijos pasarán días con él en el piso. Personalmente no me supone ningún problema todos estos detalles. 
Mi duda surge cuando me facilita los documentos para avalar el pago del alquiler ya que lo que me presenta es la revalorización de su pensión en la que veo que lo que cobra al mes es un poco mas de lo que pagará por el alquiler y además presenta la declaración del IVA correspondiente al primer y cuarto trimestre del año 2014 ya que, según me cuenta, él vive del alquiler de un inmueble comercial, aportando además una copia de la novación de un contrato de alquiler. 
El tema está en que en dicho contrato no aparece fecha de finalización ya que para ese dato se refiere al contrato original y además no se si el inmueble, a día de hoy sigue siendo suyo. 
Se que muchos me diréis que le pida un aval bancario pero me gustaría saber si consideráis que puede ser igual de válido si le pido copia del contrato original y  una nota del registro de la propiedad para comprobar estos dos datos. 
Muchas gracias de antemano. D
  • Preguntado por: D
  • Hace 9 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Opciones:

    El aval bancario, o bien que le pidas varios meses de garantia.

    Si le pidas cuatro o cinco meses de garantia, lo normal es que antes de dejar de pagar se vaya, y si dejara de pagar, si le pones la demanda de desahucio, entre los cuatro o cinco meses de garantía y el de fianza, puede que te cubran los meses de espera mientras llega dicho desahucio.

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si vas al registro, podrás sabe si el local es suyo al día de hoy y si está libre de cargas.
    Pero tienes que confiar en la solvencia de sus inquilinos, porque si su pensión es pequeña será inembargable.
    Además, si los hijos son menores estará pasando una pensión de manutención por ellos...
    Yo no lo haría.
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