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Carlos Zulberti

inquilino/a

Debo aceptar firmar un contrato temporal cuando nosotros queremos residir permanentemente en la vivienda?

Los propietarios insisten en que quieren firmar un contrato temporal por 11 meses aduciendo que el contrato es por cuestiones laborales cuando, en realidad, nosotros queremos alquilar la vivienda para recidencia habitual a largo plazo. Cuales son las razones por su insistencia?

  • Preguntado por: Carlos Zulberti
  • Hace 9 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Cralos:

    Coincido con las respuestas anteriores y le sugiero la lectura- copie y pegue las siguientes direcciones en su navegador - de los siguientes artículos:

    http://letradosalquileres. Es. Tl/duracion-Del-Contrato-De-Arrendamiento-De-Vivienda-Celebrados-Entre-El-1_1_1995-Y-El-5_6_2013. Htm

    http://letradosalquileres. Es. Tl/duraci%f3N-Del-Contrato-De-Arrendamiento-De-Vivienda-Celebrado-Con-Posterioridad-Al-5_6_2013. Htm

    El primero es para determinar si su contrato es de vivienda o de uso distinto. El segundo será  aplicable si su contrato es de vivienda:

    reciba un cordial saludo.

       http://letradosalquileres.es.tl

    reciba un cordial saludo.

       http://letradosalquileres.es.tl




  • usuario eliminado

    Coincido plenamente con el compañero PHOLMO y me permito añadir que esa extendidísima maniobra de establecer la duración del contrato en 11 meses para evitar la prórroga es, paradójicamente, la que más duración termina provocando, ya que como el inquilino tiene derecho a 3 prórrogas al final el arrendamiento durará 11 meses y 3 años, mientras que si no se hubiera hecho la maniobra duraría "sólo" 3 años.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 9 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Me temo que esos propietarios pretenden evitar la prórroga forzosa de tres años a la que vd tiene derecho mediante un procedimiento sumamente desacreditado, un contrato de 11 meses, si efectivamente vd establece en ese piso su vivienda habitual y no tiene otra, pong alo qu eponga el contrato tiene vd derecho a permenecer alli los tres años que marca la ley.

    En mi blog http://bit.ly/1dOo2ah puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
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