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manuel josé

casero/a

Mi abuelo es el propietario de un bajo. Me lo alquila. Luego lo subarriendo y en el contrato firmo yo
Luego lo subarriendo y el contrato lo firmo yo, mi abuelo y el subarrendatario con una cláusula que dice que yo cobro la renta y pago el IVA. Si mi abuelo falleciera, ¿seguiría cobrando la renta?
  • Preguntado por: manuel josé
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (1)
Juan ha sido el primero en contestar
  • Juan

    profesional

    Cuando fallezca su abuelo, el contrato de arrendamiento continuará vigente entre el arrendatario y el heredero del arrendador que adquiera la propiedad del bajo arrendado, quien naturalmente podrá seguir cobrando la renta. Por su parte, el contrato de subarrendamiento también se mantendrá en las mismas condiciones entre el arrendatario-subarrendador y el subarrendatario.

    Conviene tener presente que el derecho legal del arrendatario a subarrendar el local solo existe cuando en el mismo se ejerza una actividad empresarial o profesional. En caso contrario, el arrendatario necesita el consentimiento expreso del arrendador. Quizá con su abuelo no sea necesario tomar esas precauciones, pero quién sabe si lo serán con el próximo propietario.

    Parecida precaución conviene tomar en cuanto a la duración del contrato de arrendamiento.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 14 años
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