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Mercedes

profesional

Vaciar una habitación de alquiler temporal
Somos una empresa que gestiona pisos compartidos y una de nuetras tareas es la intermediación entre los inquilinos para resolver los problemas que pudiera generar la convivencia diaria.  Firmamos un contrato de "alquiler temporal de habitación por motivos de estudios o trabajo" para pisos compartidos con derecho de uso de espacios comunes indicando que no es su domicilio habitual y que  se rige por el Código Civil. En uno de los pisos una de las inquilinas abusa y molesta a las otras dos chicas que me han pasado los mensajes que las manda y las grabaciones donde las insulta, chilla y golpea puertas y paredes. Las dos están bastante molestas y asustadas y  después de ver y oir sus mensajes considero que esta persona no puede compartir piso con nadie. En nuestro contrato temporal consta que si existen este tipo de situaciones tengo que avisarla con 5 días para que deje la vivienda. He hablado con ella esta semana y sigue diciendo que la culpa es de sus compañeras, pero no aporta ninguna prueba. Pensaba a visarla con un mes de plazo pero ahora se niega a pagar la renta hasta que no le de garantías de que se va a quedar, y no se las puedo dar ni quiero.  Mi pregunta es ¿Una vez avisada por escrito, puedo ir a la vivienda (tenemos por escrito en los contratos derecho para entrar previo aviso 24h. antes) para vaciar su habitación, cambiar la cerradura y dejar sus cosas en un trastero de alquiler donde posteriormente pueda recogerlas?. Agradecería vuestra ayuda, es la primera vez que nos sucede y he visto en algún blog que hay sentencias que lo permiten pero no encuentro la jurisprudencia. Saludos.
Mercedes
  • Preguntado por: Mercedes
  • Hace 7 años
  • Categoría: Alquiler temporal
Respuestas (3)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
  • Vpp

    Vpp

    profesional

    Buenas tardes Mercedes no cabe en ningún caso que accedáis y retiréis sus enseres. En todo caso la única vía de actuación será tal y como  indica Oscar la negocial o vía judicial, lo recomendable sería ir constituyendo prueba y remitir un requerimiento fehaciente a la arrendataria quizás tras el requerimiento y apercibirla de la interposición de acciones se aviene a negociar y zanjar el tema en vía extrajudicial.
    Verónica Pereira, abogada www.tuderechoconmigo.com
    • Respondido por: Vpp
    • Hace 7 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Dudo mucho que usted pueda vaciar sus cosas sin la autorización de un juez, por lo tanto, creo que el único modo de conseguir que se vaya es la negociación, o bien acudiendo a los juzgados.
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Tratándose de " una empresa cuyo negocio consiste en gestionar pisos compartidos " supongo que tendrá su asesor jurídico que es el que le redacta los contratos y en especial al que se refiere la  consultante Mercedes, para que la pueda asesorar sobre dicho particular caso.
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