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eva p.

inquilino/a

Me gustaría comprar el local donde estoy de alquiler, si ha fallecido el propietario y nadie lo reclama qué puedo hacer?
El propietario tendría la edad de 83 años ahora estaba en una residencia cuando se firmó el contrato, no la localizamos y no sé si tiene descendencia. Cómo podría tramitar para comprar el local? Tengo que seguir haciendo los ingresos en un nº de cta. que no sé si existe todavía a su nombre? Si finaliza el contrato de alquiler, me quedo y nadie me reclama se puede poner a mi nombre pasado un tiempo?
  • Preguntado por: eva p.
  • Hace 15 años
  • Categoría: Opción a compra
Respuestas (1)
Juan ha sido el primero en contestar
  • Juan

    profesional

    En el Registro de la Propiedad se puede ver en cualquier momento la titularidad del local arrendado, es decir, si ha habido transmisión de la propiedad, sea por actos del propietario en vida o por sucesiones una vez fallecido. Si el propietario fallece sin testamento y sin ningún pariente ni viudo o viuda, la herencia corresponde al Estado. El heredero, sea quien sea, también recibirá el saldo de la cuenta bancaria donde el arrendatario debe seguir ingresando las rentas si no quiere poner en peligro la continuidad de su contrato de arrendamiento con el futuro propietario.

    Pero si lo que quiere el arrendatario es adquirir la propiedad, debería en primer lugar asegurarse de que el propietario ha fallecido sin heredero que le pueda reclamar. Después deberá actuar como si fuera dueño, dejando de pagar rentas para abandonar el título del arrendamiento que impide la adquisición de la propiedad por la prescripción.

    También es imprescindible que el Estado no eche en falta al anterior propietario ni reclame su herencia. Si en esas condiciones el actual arrendatario consigue permanecer en posesión pública, pacífica e ininterrumpida del local durante 30 años, habrá conseguido adquirir la propiedad. Demasiado complicado para contar con ello.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
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