Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Darwin

inquilino/a

No nos quieren dar los recibos del alquiler. ¿Es legal?
Hola buenos días a todos. Tengo un problema necesito una solución. A ver si me podéis ayudar. El día 1de Septiembre dejamos el piso en el que estábamos alquilados. Y mi pareja tiene que hacer la declaración donde le han dicho que meta el alquiler porque le puede bajar la deuda. Hasta ahí correcto. La cuestión es que del 2017 nos quedan 2 recibos por mostrar ya que se pagaron en mano y le hemos dicho al dueño que si nos podía hacer el favor de hacernos un "recibi" poniendo que el importe es tanto. Me dice que como el piso está a nombre de la empresa los otros accionistas no quieren facilitarnos esos datos. Estamos pensando mandar un Burofax y que nos respondan. Vosotros que opinais?
  • Preguntado por: Darwin
  • Hace 5 años
  • Categoría: Alquiler y Hacienda
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Taberner

    inquilino/a



    Me parece que los inquilinos ya no se  pueden desgravar el alquiler de la declaracion de renta, en cambio los propietarios si están obligados a declararlo debiendo añadir los datos del inquilino (NIF, nombre y apellidos). 
    Quizás alguno de los profesiomales que suelen responder podría confirmar este punto.
    Tampoco yo entregaría cantidad alguna sin que me facilitasen un recibo.
  • Taberner

    inquilino/a

    Me parece que los inquilinos ya no se  pueden desgravar el alquiler de la declaracion de renta, los propietarios si están obligados a declararlo añadiendo los datos del inquilino.  Quizás alguno de los profesiomales que suelen responder puede confirmar este punto.
    Tampoco yo entregaría cantidad alguna sin que me facilitasen un recibo.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Sabe su arrendador esto?
    4. El arrendador queda obligado a entregar al arrendatario recibo
     del pago, salvo que se hubiera pactado que éste se realice mediante
    procedimientos que acrediten el efectivo cumplimiento de la obligación
    de pago por el arrendatario.
    El recibo o documento acreditativo que lo sustituya deberá
    contener separadamente las cantidades abonadas por los distintos
    conceptos de los que se componga la totalidad del pago, y
    específicamente, la renta en vigor.
    Si el arrendador no hace entrega del recibo, serán de su cuenta
    todos los gastos que se originen al arrendatario para dejar constancia
    del pago.
    Eso si, si se pactó que la renta se abonaba en cuenta... ahí ya me callo... porque la lau dice  " salvo que se hubiera pactado que éste se realice mediante  procedimientos que acrediten el efectivo cumplimiento de la obligación  de pago por el arrendatario."   No sé cuál sería la forma de actuar en este caso. Pero NUNCA pague nada si no es contra un recibo.


Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas