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edwar

casero/a

Buenos días

El que me pueda ayudar le agradezco....tome una apartamento en arrendamiento, el contrato se firmó por 6 meses y se encuentra autenticado por notaria, apenas llevo viviendo 15 días y el dueño me solicito el apto debido a una calamidad familiar según lo que me expone, el dueño me informe que me da plazo de estar en el apto hasta mediados de febrero y que me devuelve lo del mes de arrendamiento que ya cancele por adelantado.

Que tan legal es esto, estoy en el deber de acceder a su solicitud?

Si fuera yo el que me retirara sin antes cumplir el contrato me tocaría indemnizar, por ser dueño también se debería aplicar lo mismo y me debería indemnizar?.

 

Por su ayuda, mil gracias

 

  • Preguntado por: edwar
  • Hace 9 años
  • Categoría: Alquiler y Hacienda
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Puede permanecer en la vivienda los 6 meses, y alargarlo a un año como mínimo, cumplido este periodo, el propietario le podrá exigir dicho desalojo para vivir el con el preaviso de 60 dias.

    Sin dicho preaviso, puede permanecer hasta 3 años en la vivienda.

    Si el casero quiere recuperar la vivienda, exíjale, los gastos de mudanza, y una indemnización por trastornos y molestias, siempre y cuando, no quiera permanecer en la vivienda el año.

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    No se por que pero me parece que no esta hablando de una situación en España, si asi fuera el propietario no tiene derecho a exigir lo que le esta pidiendo, en todo caso , desde trata de una vivienda deberá esperar al cumplimiento de un año y preavisar esa necesidad con dos meses de antelación 

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
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