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Rosaenero

inquilino/a

Dudas sobre meses de entrega como fianza y entrega de la copia del contrato de arrendamiento al finalizarlo
Dos cuestiones en concreto: si en la LAU pone claramente que la fianza ha de ser de un mes aunque el piso esté amueblado, no entiendo cómo algunas inmobiliarias solicitan dos meses.

Si consultas con un abogado, éste te dice que no has de desprenderte nunca de tu copia del contrato. Sin embargo, hay agencias que lo solicitan para recuperar la fianza, aunque las cámaras que conozco entregan la fianza tan sólo con el justificante de ingreso y la copia del contrato del propietario.

Qué es lo justo y legal: uno o dos meses de fianza, y entregar o no entregar tu copia de contrato como inquilino al final del arrendamiento?
  • Preguntado por: Rosaenero
  • Hace 15 años
  • Categoría: Agencias y alquiler
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    1.- La fianza tiene dos aspectos a) La legal y b) la complementaria en el supuesto que plantea evidentemente se trata de la fianza complementaria.
    2.- Estoy de acuerdo con no entregar, sin garantías, un documento de esas características.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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