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Alvaro Crespo

inquilino/a

¿Qué porcentaje puede incrementar de alquiler la propiedad por realizar reformas a mi cargo en su piso?

Soy el inquilino y quiero saber si hay una tabla porcentual sobre la renta o puede hacer un incremento del alquiler por reforma.

1. -por obras de mejora

2-de mantenimiento

a su libre criterio o hay que tener en cuenta

1. -coste de la reforma

2. - renta contractual

3. - renta actual

 

gracias

  • Preguntado por: Alvaro Crespo
  • Hace 13 años
  • Categoría: Reformas
Respuestas (17)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
javiersantander ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola javier:

    existe otra posibilidad de que no quise reflejar en mi anterior email para no generar confusión ya que la misma es relativamente poco frecuente en la práctica, y es que en el contrato se pactase expresamente el sometimiento a la prórroga forzosa del artículo 57 lau 1964 o que del contenido del mismo se desprenda con claridad la voluntad de las partes de someterse a la citada prórroga.

    Reciba un cordial saludo 

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

     

  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    Jan Abogado, gracias por la aclaracion.

    aclarado este punto entiendo que el propietario no conoce bien sus derechos si ofrece el permiso para realizar las obras (a cargo del inquilino) a cambio de "limitar" la duracion del contrato a 15 años.

    cito lo expuesto en la  consulta:

    "la propiedad negocia incrementar la renta o cambiar contrato  con limitacion de 15 años - maximo para autorizar las obras."

    Parece que es una buena opcion aceptar los 15 años de contrato a cambio de hacer las obras.

    Alvaro crespo, te recomiendo que acudas a un abogado que te indique como hacer ese cambio de contrato aceptando la duracion de 15 años.

    Si tu casero se informa de sus derechos te puede rescindir el contrato  en un plazo que como maximo será en un año.

     

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola javiersantander:

    la duración del contrato en tácita reconducción variará en función del modo en que se fijara la renta: anual, mensual o diaria.

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    Segun la tácita reconduccion ¿¿¿se puede dar por finalizado el contrato al finde cada año?

     

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola:

    1º)Al revisar todas las intervenciones me he dado cuenta de que se trata de un contrato de 1986, por lo que mi anterior respuesta no es válida(sí lo sería para un contrato de arrendamiento de vivienda posterior al 1-1-1995.

    2º) Respecto a la duración del contrato. El mismo se haya sujeto a la tácita reconducción civil 

    3º) Respecto a las obras. La cuestión es extremadamente controvertida desde la Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de Mayo de 2009.

    un cordial saludo

  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    Ten paciencia, estará de puente.

     

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Lo q no entiendo es porque Jan en este caso no ha dado una respuesta al caso o ha explicado en donde estaba el error....

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    perdón quise decir:

    entiendo que debo estar equivocado, a ver si Jan abogado nos aclara la duda a los dos.

  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    para Alvaro Crespo:

    No afirmo, pregunto a Jan Abogado (que seguro sabe mucho más que yo. El es abogado especialista en arrendamientos y yo solo soy un casero que opina desde mi experiencia y por lo que leo en este foro, y en temas de alquileres antiguos no se mucho, por eso pregunto sobre este tema).

    por su afirmacion :

    la propiedad negocia incrementar la renta o cambiar contrato  con limitacion de 15 años - maximo para autorizar las obras.

    entiendo que debo estar equivocado, a ver si Jan abogado no aclara la duda a los dos.

     

  • Alvaro Crespo

    inquilino/a

    parece que tengo aun mayor confusion, segun el comentario de

    Javier Santander, en lo ref. al tiempo (indefinido de 1986  pasa a ser de 5 años)

    el indefinido , su misma condicion , condiciona el tiempo, por ello

    la propiedad negocia incrementar la renta o cambiar contrato  con limitacion de 15 años - maximo para autorizar las obras.

    saludos

  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    Hola Jan abogado.

    gracias por la correccion.

    he vuelto a leer los articulos que menciona en su anterior post. Y hay una cosa que no entiendo.

    ¿un contrato indefinido de 1986 pasa a ser de 5 años?

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola javier:

    la libertad de pacto que menciona está limitada, en el caso de los arrendamientos urbanos, por el art 6 lau 1994 y por el artículo 1. 255 del Código Civil.

    Revise ambos artículos y aplíquelos a los ejemplos que expuso en su intervención. (art 19 y 9 de la lau 1994)

    reciba un cordial saludo 

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

     

     

  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    me baso en la libertad para negociar. ¿no es válido negociar un permiso para realizar las obras a cambio de algo?

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola javier santander:

    ¿en qué legislación basa usted que "Si el propietario le autoriza a hacerlas puede pedir a cambio lo que quiera (Un aumento de renta, fijar un plazo de fin de contrato, etc. ). "

    reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    respecto a las obras de mejora, la propiedad no tiene obligacion de realizarlas, y si su contrato no le autoriza a hacerlas no las puede hacer sin el consentimiento del propietario. Si el propietario le autoriza a hacerlas puede pedir a cambio lo que quiera (un aumento de renta, fijar un plazo de fin de contrato, etc.). Lo más normal será que le pida actualizar la renta al precio actual de mercado o no le autorize a hacer esas mejoras.

    Respecto a las obras de mantenimiento, las debe realizar la propiedad, y si se niega debe reclamar esas reparaciones de manera fehaciente (burofax) y si no hay respuesta judicialmente. La ley establece unos porcentajes que se pueden repercutir al inquilino.

    Le recomiendo que acuda a un abogado especialista en arrendamientos con el contrato para que examine su caso y le asesore sobre sus derechos y obligaciones.

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