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sarrvs

inquilino/a

¿Qué pasa si el dueño incumple el contrato?

Mis amigos y yo alquilamos un local el mes de septiembre del año pasado hasta el 31 de enero de este año. Hasta ahora no habíamos tenido ningún problema con el dueño pero ahora dice que el 15 de enero tenemos que marcharnos por temas de legalidades(hay un vecino que se queja por el ruido y el dueño nos pide que insonoricemos el local o nos vamos fuera). La cosa es que hasta el 31 no se nos acababa el contrato, y sin embargo él dice que nos vayamos el 15 sí o sí. ¿Se puede hacer eso? ¿Qué consecuencias tendría que incumpliera el contrato? Y respecto a las formas de pago, ¿él puede hacernos cobrarnos medio mes sólo? 

Gracias.

  • Preguntado por: sarrvs
  • Hace 9 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
Pelayo de Salvador ha sido el primero en contestar
Pelayo de Salvador ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola sarrws:

    Añadir a las respuests anteriores que su contrato es uso distinto al de vivienda (local) por lo que habrá que estar a lo pactado en el mismo tanto para las posibles prórrogas como para la tácita reconducción en su caso. Por ello le sugiero que contacte con un/a profesional experto/a en arrendamientos urbanos.

    reciba un cordial saludo.

     

       http://letradosalquileres.es.tl

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Aunque la respuesta de mi ompañero es impecable desde el punto de vista jurídico, como señala Piscis a la fecha que stamos, al casero no le da tiempo siquiera a hacer un requerimiento formal ya eficaz, lo de "dice que el 15 de enero nos marchemos", si ha sido de palabra o por teléfono es como si no hubiera ocurrido.

    Lo que si recalco es que el fin de contrato quede porescrito y firmado.

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Por 16 días que faltarán para terminar el contrato, al dueno le tocará esperarse al 31 de Enero de 2015, en cuya fecha, hay que hacer un documento de resolución de contrato y devolución de la fianza.

  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Una de las causas expresamente previstas para la extinción de los arrendamientos es "e) Cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas."

    Acogiéndose a este motivo (los ruidos al vecino), sí que puede solicitar la extinción anticipada del contrato como consecuencia de vuestro incumplimiento.

    Un saludo,

    www.desalvador.es

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