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EROL

casero/a

Tengo alquilado mi piso y ahora los inquilinos me piden un cambio en el nombre del contrato
Hola,

tengo alquilado mi piso (y lo declaro en Hacienda desde hace ya 2 años) y ahora los inquilinos me piden que cambie el nombre del arrendatario en el contrato porque si lo ponemos a nombre de él -por lo visto- por sueldo y edad entra dentro de los baremos de ayudas del Ministerio de Vivienda.

Ellos me dicen que ya lo han declarado en la renta de este año (ejercicio 2008) pero aún no lo hemos cambiado en realidad. ¿Puedo tener algún problema en Hacienda? ¿Como casera puedo yo también desgravarme algo en mi declaración?
  • Preguntado por: EROL
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Juan

    profesional

    Respecto a la segunda pregunta lea mi respuesta a esta otra pregunta formulada hoy mismo http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/caseros/que-gastos-deducirme-piso-alquilado-agosto08debo-sumar-ingresos-netos-obtenidos-sueldo_8245.html
    En cuanto a la primera pregunta, si los arrendatarios hicieran su declaración conjunta podrían practicar la deducción, pero supongo que no pueden y buscan otra solución, pero si el arrendador tiene depositada la fianza en la administración autónoma, el dato del arrendatario ya consta en Hacienda, por lo que cualquier cambio de arrendatario que sea notificado a Hacienda por cesión del anterior contrato o por nuevo contrato no tendrá efectos retroactivos y no podrá deducir quien no fuera arrendatario en 2008. Por el contrario, si la fianza no está depositada y en Hacienda no consta el nombre del arrendatario, entonces sí se podría depositar con el correspondiente recargo por hacerlo fuera de plazo, en Andalucía el 10%, sin sanción porque no ha intervenido la inspección. Pero esta opción solo sería aceptable para el arrendador si no hay contradicción entre los domicilios que consignaron en su declaración de 2008 tanto el arrendatario como el que ahora pretende serlo. En cualquier caso, sería intachable la celebración de un verdadero nuevo contrato para que produzca en 2010 los efectos deseados, pero ¿quién asegura que entonces no habrán cambiado las circunstancias?
    • Respondido por: Juan
    • Hace 14 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Desde luego el cambio no lo puede hacer con efectos retroactivos, el cambio de arrendatario implica un nuevo contrato por lo tanto debe tener en cuenta esto si no quiere prorrogar el plazo de 5 años.

    Además, el nuevo arrendatario será el único responsable ante el arrendador, lo digo por la garantía en los cobros.

    Como casera la única diferencia, eso sí notable, es que si el inquilino tiene menos de 35 años tiene una reducción del 100% en la declaración.

    En mi blog, cuya lectura le recomiendo, pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
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