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Joaquín Lara

inquilino/a

Te hacen desalojar la vivienda a los dos años por necesidad de ella y hace tres meses que no la habitan.

Tenia un contrato de once meses que me vovlvieron a renovar por otros once y alfinal del segundo me dijeron que tenia que desalojarla pues su hija se queria ir a vivir a esa casa con el novio, ellos tienen otras dos viviendas mas vacias por la zona y puestas en alquiler, yo para no discutir cando he encontrado otra vivienda que me ha interesado me he marchado y hace ya tres meses y aun no vive nadie en la casa, y ya me habian metido bulla para que me marchara. 

  • Preguntado por: Joaquín Lara
  • Hace 12 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Joaquin Lara,Escribes. "Me dijeron ¿De palabra? Y tambien pones. "yo para no discutir me he marchado

    creo que no tienes ninguna base(aunque si la razón)para reclamar nada

    saludos

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si tienes una comunicación fehaciente requiriendo el abandono del piso por "necesidad" como vivienda permanente para la hija, y ya han pasado 3 meses, puedes acudir a un abogado e interponer una demanda.

    esto dice la lau:

    si transcurridos tres meses a contar de la extinción del contrato o, en su caso, del efectivo desalojo de la vivienda, No hubieran procedido el arrendador o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de divorcio o nulidad matrimonial a ocupar ésta por sí, según los casos, el arrendador deberá reponer al arrendatario en el uso y disfrute de la vivienda arrendada por un nuevo período de hasta cinco años, respetando, en lo demás, las condiciones contractuales existentes al tiempo de la extinción, con indemnización de los gastos que el desalojo de la vivienda le hubiera supuesto hasta el momento de la reocupación, O indemnizarle, a elección del arrendatario, con una cantidad igual al importe de la renta por los años que quedaren hasta completar cinco, salvo que la ocupación no pudiera tener lugar por causa de fuerza mayor.

     

    eso sí, aquí los "me dijo" no sirven. Tendrás que probar que abandonaste la vivienda por ese motivo. De lo contrario, probablemente, el arrendador diga que te fuiste por voluntad propia. Tiene mucho que perder.

     

    saludos - Papeleos Alquiler.

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