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veronica

inquilino/a

¿Me pueden subir la cuota de la comunidad como inquilina?

Hola, me llamo Verónica y llevo viviendo en una casa de alquiler 1 año. Mi casero me acaba de informar que toca la renovación del contrato y me ha informado que por subida del IPC tiene que subirme la cuota de la comunidad. Que hay de cierto en esto? Gracias

  • Preguntado por: veronica
  • Hace 9 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (5)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • veronica

    inquilino/a

    Es que estoy súper disgustada porque entremos mi novio y yo en esta vivienda y estaba bastante descuidada,nosotros pintamos toda la casa, cambiemos todos los pomos de las puertas que estaban oxidados, el sofá que había en la casa no quiso cambiarlo, estaba que daba pena y nosotros lo hemos guardado y hemos comprado uno, hemos puesto un mueble de lavabo porque no había que pensábamos dejárselo en un futuro pero ahora después de esto nos llevaremos todo lo que pusimos. Y gracias que esta contento con nosotros sino Nose que nos hubiese hecho...estoy muy enfadada. Gracias por vuestra ayuda.

  • veronica

    inquilino/a

    Es que me ha dicho que quería subirme la renta total conforme al IPC y lo que yo me he informado es que ha bajado a parte de subirme la comunidad que si vengo pagando todo este año. Llevo un año en la vivienda desde el 1 Mayo de 2014. Gracias!

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Además de lo dicho anteriormente, claro está, como máximo el doble del IPC con el que se actualice la renta.  Díganos fecha de su contrato 
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    par que pueda repercutirte la subida, no subirte la cuota de la comunidad, tienen que darse estos supuestos: Que en el contrato se estipule que la pagas tú. Que la cuota comunitaria EN VERDAD haya subido...  Saludos -  Papeleos Alquiler
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola verónica:
    1º) Los contratos no se renuevan sino que se prorrogan. En el siguiente enlace encontrará más información:
    http://letradosalquileres.es.tl/Duraci%F3n-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda-celebrado-con-posterioridad-al-5_6_2013.htm
    2º) En cuanto a la actualización de la renta. Salvo que en su contrato se hubiese pactado un sistema de actualización distinto al previsto en el art 18 LAU 1994, le sugiero la lectura del siguiente enlace:
    http://letradosalquileres.es.tl/Actualizacion-renta-contrato-vivienda-posterior-al-1_1_1995-y-anterior-al-6_6_2013.htm
    3º) Los gastos de comunidad únicamente pueden ser actualizados , por acuerdo de las partes, anualmente, y nunca en un porcentaje superior al doble de aquel en que pueda incrementarse la renta conforme al IPC.
    Reciba un cordial saludo.
    http://letradosalquileres.es.tl
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