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DMP

inquilino/a

Duda con el impuesto de la Tasa de Basuras

Buenos días a todos,

 

Acabamos de firmar el fin de contrato de alquiler de un piso por un año. Ahora el ex-propietario nos viene pidiendo pagarle la tasa municipal de basuras, (tiene domiciliado el recibo de dicho concepto y el pago del mismo parece ser que es en Noviembre).

Nosotros sabemos que eso lo tiene que pagar el inquilino, pero, ese recibo se lo han pasado después de la resolución del contrato. Creemos que, en ese caso, no nos correspondería pagarlo ya que no vivimos en ese piso, y si hubiera sido asi, también pensamos que el propietario tenía que habérnoslo notificado antes del fin de contrato, ¿no es así?.

Nos tiene que devolver aún la fianza, y asumimos que de ahí se deben descontar facturas pendientes que quedan, pero no estamos de acuerdo en pagar esa tasa por lo anteriormente explicado.

¿Alguien podría decirme si estamos en lo cierto?.

Gracias a todos,

Pepi

  • Preguntado por: DMP
  • Hace 12 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (6)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
javier diez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • DMP

    inquilino/a

    Buenos días,

     

    de acuerdo, ahora está todo claro. Cumpliremos con nuestra obligación, porque eso no es problema, el problema surge cuando no se explican las cosas, ni tampoco se razonan y claro, en los tiempos que corren tampoco estamos para que nos tomen el pelo, ¿No creen? .

    gracias de nuevo a todos.

    saludos,

    pepi

    • Respondido por: DMP
    • Hace 12 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    De acuerdo con javier diez

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    DMP,entiendo que la basura la produces tu y tu familia,luego es lógico que la pagues.Ahora bien,si has estado todo un año como dices te corresponde íntegro,pero si has estado menos meses ,entiendo que la parte proporcional

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    No sé en qué comunidad estás... pero en la comunidad de madrid, esto dice la ordenanza:

    son sujetos pasivos contribuyentes de las tasas reguladas en la presente ordenanza, las personas físicas y jurídicas, así como las entidades a que se refiere el artículo 35. 4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que soliciten o Resulten beneficiadas o afectadas por la prestación del servicio o la realización de la actividad En el momento del devengo.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

  • DMP

    inquilino/a

    Hola Amparobb:

     

    Considero que he de pagar los recibos de los suministros ya que los he disfrutado y consumido yo, pero lo que no veo claro es tener que pagar un impuesto después de haber firmado la resolución del contrato. Es por esto mi duda/mosqueo.

    gracias.

    • Respondido por: DMP
    • Hace 12 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Por la misma regla de tres que aplicáis. El último recibo de luz, o gas. Tampoco querréis pagarlo porque. Ya no vivís en la vivienda?

    cualquiera de los recibos "impagados" generados durante su estancia en la vivienda. Podrá ser descontado de la fianza.  

     

    saludos - Papeleos Alquiler.

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