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MARGARITA RODRIGUEZ

casero/a

¿Qué puedo hacer si el inquilino no me coge el teléfono y no paga?
Soy propietaria de un piso, hice un contrato de alquiler, con una fianza de un mes, el penultimo mes acordamos verbalmente que no se renovaría el contrato, y que el último mes no se lo cobraba por lo de la fianza.

Ahora ya ha pasado ese mes, no me coge el teléfono y necesito el piso, qué puedo hacer, ya que él sigue estando en el piso, y yo sigo sin piso y sin cobrar.
  • Preguntado por: MARGARITA RODRIGUEZ
  • Hace 15 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (3)
Cristina Pnc ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Si como parece todo se ha hecho verbalmente, lo primero que tiene que hacer es requerirlo por escrito, burofax o Notario, para que abandone la vivienda, haciendo referencia a la comunicación verbal anterior. Caso contrario se expone a que el arrendamiento se prorrogue conforme a las previsiones del Código Civil.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
  • Roberto

    casero/a

    Tienes que enviarle un burofax indicándole que debe abandonar la vivienda en X fecha a X hora y que tú irás a la vivienda para que te devuelva las llaves de la vivienda y se finiquite el contrato de alquiler.

    Indica que si no está presente ese día te verás obligada a presentar una demanda de desahucio contra él. Te recuerdo que mientras él siga siendo el inquilino de la vivienda tú no puedes entrar en ella sin su permiso previo, aunque no esté cumpliendo con sus obligaciones como inquilino (como es pagar el alquiler)
    • Respondido por: Roberto
    • Hace 15 años
  • Cristina Pnc

    profesional

    Es el problema de acordar estos temas verbalmente. No sé si la duración estipulada en tu contrato es de un año o menor, con lo cual se renovaría automáticamente por periodos anuales.

    Si fuera asi, solo a partir del segundo mes de impago pudieras empezar a tramitar el desahucio. Tambien aclarar que el mes de fianza no se puede usar como pago de un mes de renta, se deben citar ambas partes, asegurarse que el piso esta en condicones de ser entregado, hacer la entrega de llaves y entonces, y sólo entonces, hacer la devolucion de la fianza.

    A ver si algún compañero te puede aclarar cómo puedes llevar este tema legalmente. Yo no soy la indicada.

    Un saludo y mucha suerte.
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