Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Ana Rosero

inquilino/a

¿Qué me pueden penalizar al rescindir el contrato de alquiler a mitad de año?

Alquile una casa en septiembre de 2012 con opción a compra. El contrato de alquiler es anual prorrogable hasta cinco. Hice el contrato con el banco pero hace un año cedieron toda la propiedad al banco malo, lo cual he intentado comprarlo y las condiciones no me favorecen y no facilitan su venta. Ahora que sé que no me lo voy a comprar no me interesa seguir pagando un alquiler mas iva mas su comunidad, el precio esta muy por encima de un alquiler normal. He encontrado una casa para comprar y pienso dejar esta en un mes. En el contrato especifica que si el arrendatario dejara a mitad de contrato tiene que indemnizar al arrendador con un mes por año no cumplido. Entiendo que mi contrato que pone que es anual, aunque prorrogable hasta cinco, como es un año no cumplido debería indemnizarle con un mes, cosa que con no devolverme la fianza valdría. Al menos eso entiendo yo. Decidme si me pueden pedir mas o a que me puedo atener. la indemnización también llevaría IVA? Gracias. Un saludo.

  • Preguntado por: Ana Rosero
  • Hace 10 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (4)
javier diez ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola ana:

    coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo.

    Reciba un cordial saludo.

      http://letradosalquileres.es.tl

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Para poder asesorarle hay que leer ese contrato, ya que hay una contradicción entre El contrato de alquiler es anual prorrogable hasta cinco y el contrato especifica que si el arrendatario dejara a mitad de contrato tiene que indemnizar al arrendador con un mes por año no cumplido


    La mitad de contrato siempre será seis meses, y por tanto la indemnización medio mes.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • Ana Rosero

    inquilino/a

    No es lo que tengo firmado. Pone claramnete que en caso de rescindir el contrato el arrendatario estara obligado a compensar una mensualidad por año no cumplido que en mi caso entiendo que es uno. Porque hasta los cinco son prorrogas. En otro foro un abogado me aclara que debo indemnizar  la parte proporcional  de los meses no cumplidos de una mensualidad.

  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    • Ana Rosero Pienso que te reclamarán el resto de meses hasta el cumpleaños del contrato,o hasta que se vuelva a alquilar
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas