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esther13

inquilino/a

Llevo 10 días en un piso de alquiler y quiero dejarlo

Hola. Se firmó el contrato el día1 de Febrero. En tan pocos días nos hemos dado cuenta que en el piso hace muchísimo frío. Entra el frío por las ventanas que son de madera (es un piso viejo). Solo hay dos radiadores (de luz) uno en el salón y otro en la habitación de matrimonio. Pero en la habitación pequeña que es donde mas frío entra, no hay radiador....  Vino un hombre a tomar medidas para poner unas contraventanas y con un mechero calculó si entraba aire. Y dicho y hecho. Entra aire en casa aunque estén las ventanas cerradas e incluso de la peopia boca sale humo, del dichoso frío. 

El dueño del piso se ha ofrecido a poner contraventanas, pero no acaba ahí el problema. Cuando encendemos pa calefacciónya pasen 15 o 20 minutos no sé siente mejoría. Se lo hemos comentado al dueño pero dice que es el frío que está haciendo ahora en España. 

Podríamos decirle que queremos abandonar el piso? El contrato es por un año

  • Preguntado por: esther13
  • Hace 9 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • esther13

    inquilino/a

    Oscar Aparisi. Por supuesto que el piso hace diez dias2era igual de viejo... Pero no te das cuenta hasta que estas viviendo en él. Incluso hasta el punto quebse rompan los vasos del frio2...pero bueno.

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Solo puede abandonar la vivienda si llega a un acuerdo con el arrendador, si no, puede demandarle por incumplimiento.

    Cumplidos 6 meses, podrá abandonarlo, y se existe penalizacion en el contrato de arrendamiento, está no podrá exceder de la parte proporcional de un mes por año de incumplimiento.

    El arrendador le puede decir que el piso era igual de viejo hace diez dias

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Pueden decirle que quieren abandonar el piso pero si no está de acuerdo deben recordar que

    en los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar  obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.

     En http://www.pedrohernandezabogado.com/   estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
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