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Karen87

casero/a

Los inquilinos se han marchado antes de la fecha fin de contrato. ¿Podría reclamar las cuotas que faltan?

El pasado mes de marzo alquilé mi piso por tres años pero los inquilinos no han cumplido con el plazo. Se han marchado de la vivienda sin previo aviso y dejándome las llaves en el buzón. He estado intentando ponerme en contacto con ellos y me resulta imposible. El móvil aparece como no disponible o algo así. ¿Podría reclamar a los inquilinos las cuotas que faltan hasta la fecha fin de contrato? ¿Cómo debería de hacerlo y cuánto me costaría más o menos? Es que estoy un poco pegada en todo esto. Gracias!!

  • Preguntado por: Karen87
  • Hace 13 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (4)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola karem:

     

    Su consulta requiere examinar el contrato y dar una asesoramiento muy detallado, labor que no puede hacerse en ningún foro. Si acude a un auténtico especialista en arrendamientos urbanos una única consulta debería ser suficiente.

     

    Reicba un cordial saludo

  • Karen87

    casero/a

    El contrato se extendía desde marzo de 2010 hasta marzo de 2013. Lo único que me envió a principios de noviembre fue un burofax con el cese de contrato que le envió a ella la agencia. Pero ningún preaviso con un mes de antelación y tampoco consta en dicho burofax el motivo del abandono de la vivienda.

    De esta manera, si sólo tenemos en cuenta lo que quedaría pendiente hasta el primer año, la deuda ascendería a 2.100€. En cambio, si tenemos en cuenta los tres años de contrato, la deuda sería de 12.180€.

    Mi pareja y yo no tenemos intención de volver a alquilar el piso por el momento. En todo caso, querríamos saber si me saldría a cuenta reclamar o no, porque tampoco estoy dispuesta a peder más dinero del que ya estoy perdiendo.

    Gracias!!

    • Respondido por: Karen87
    • Hace 13 años
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    En principio tiene usted ese derecho. Luego el juez podría examinar si se marcharon por una causa justificada (paro o traslado laboral, por ejemplo), y no condenar al pago de toda la cantidad. Además si usted vuelve a arrendar antes del fin del plazo no podrá reclamar al anterior arrendatario por los meses en los que ya tenga un nuevo inquilino.

    Los honoarios van en función de la cantidad reclamada. Le puedo facilitar un presupuesto conociendo ese dato, si los deudores residen en Madrid o Toledo.

    www.asistencialegal.net

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    En mis post
    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/04/mas-sobre-desistimiento-anticipado.html y
    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/12/desistimiento-del-inquilino.html considero que tienes cumplida respuesta a tus preguntas, no obstante me pongo profesionalmente a tu disposición telefónica  para cualquier asesoramiento complementario

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
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