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Daniela Vivanco

inquilino/a

Alquilo un piso y la dueña quiere venderlo

LLevo casi dos años alquilando un piso y la dueña lo ha puesto en venta, ella me ofrece una indemnización de 3.000 euros, y me dice que si no lo acepto le dirá a su hijo de 19 años que estudia en Madrid que se venga a vivir al piso, que según ella eso se aferra a la ley.  Teníamos un contrato por un año, pero tenemos entendido que se autorenovó hasta 5 años. En el caso de que su hijo se viniese al piso, ¿tenemos que dejar el piso cuando ella nos los diga sin derecho a indemnización? ¿Cuánto es la indemnización que nos corresponde en el caso de irnos y llegar a un acuerdo sin que su hijo se venga?

  • Preguntado por: Daniela Vivanco
  • Hace 12 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (4)
Paolo_x ha sido el primero en contestar
Paolo_x ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Daniela:

    Le sugiero la lectura de los 2 siguientes enlaces:

    http://blog.enalquiler.com/2011/uias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/

    http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/recuperar-piso-alquiler-antes-tiempo/

    también le  sugiero la lectura de los artículos 25 y 14, por este orden, de la Ley de Arrendamientos Urbanos dde 1994.

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Para q lo del hijo pudiera ejecutarse debería estar expuesto en una cláusula de necesidad en el contrato, e incluso así, si a los tres meses de haber desalojado el piso, no fuera ocupado por dicho hijo podríais reclamar las mensualidades restantes hasta el 5º aniversario y los gastos ocasionados.

    Tu contrato se renueva solito hasta el 5º año, y solo vosotros podéis finalizarlo en fecha y forma.

    Tb tenéis derecho a tanteo y retracto del piso para comprarlo.

    Dile a tu casera q se relea la ley antes de volver a decir lo de su hijo.

    Un saludo

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Abogado desahucios

    Abogado desahucios

    profesional

    Hola Daniela,

    Es tu decisión coger la indemnización de 3.000 euros o no por irte del piso . Nadie te puede obligar a irte salvo que en el contrato se haya pactado expresamente por escrito que le pueda hacer falta a su hijo dentro del plazo de cinco años. Suceso que me extraña que haya sido así pues esa facultad (solicitar el piso para un hijo en caso de que se haya explicitado en el contrato) se ha establecido de nuevo en la Ley hace relativamente poco por lo que es muy probable que no se haya pactado  en tu contrato que ni tan solo tiene dos años de vigencia.

    Abogado deshucios Barcelona toene dos a 

  • Paolo_x

    inquilino/a

    Daniela, 

     

    La indemnización, es cosa vuestra, eso ya depende de lo que querais.

     

    lo normal seria: 

    - Devolución integra de la fianza en el momento de la firma de final de contrato.

    - Pago mudanza

    - Pago coste agencia nuevo piso.

    -de 3 a 6 meses de indemnización.

     

     

    en cuanto a que se venga su hijo, esa posibilidad solo valdria si estubiese contemplada en el contrato.

    es el caso? El contrato contiene alguna clausula de necesidad?

     

    saludos, 

    pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 12 años
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