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livia

inquilino/a

Problemas con arrendamiento de local comercial

Mi pareja tiene alquilado un local desde Marzo.  Desde el principio la sociedad arrendataria ha ido pagando a trancas y barrancas pero desde hace tres meses ha dejado de pagar completamente, renta y otras cantidades asociadas.

Siempre ha ido dando largas y se excusa en que no ha podido iniciar el negocio previsto por problemas de permisos administrativos. No ha iniciado las obras previstas pero tiene llave y disponibilidad total si quiere.

El día 11 se le envió un burofax reclamando las cantidades debidas, más de 6000 euros, el burofax ha sido devuelto por "dirección desconocida", la dirección es la sede social de la sociedad arendataria segun consta en el contrato.

¿Hay que enviar otro burofax, y a dónde?

¿Cuál sería el siguiente paso?

Hay otros  clientes interesados en el local pero en esta situación no sabemos qué hacer.

¿Cuál sería el siguiente paso para recuperar el local y reclamar las cantidades?

Gracias

  • Preguntado por: livia
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
Manuel Pregal ha sido el primero en contestar
Juan ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Juan

    profesional

    Para interponer una demanda por reclamación de cantidad y desahucio por falta de pago de rentas o cantidades debidas no es necesario enviar previamente ningún burofax, pues basta que haya un impago. Sin embargo es conveniente hacerlo para asegurar la condena en costas sin el límite de un tercio de la cuantía del pleito. Para ello el tribunal debe considerar temerario al arrendatario, lo que hará si este desatiende injustificadamente un requerimiento de pago y obliga a la otra parte a acudir a un pleito. 

     

    Aunque el burofax ya enviado a la sede social de la sociedad arrendataria que figura en el contrato debe ser suficiente, personalmente yo agotaría las posibilidades de notificación enviándolo a la dirección del local arrendado. Además el burofax debe ser con certificación de contenido. Si tampoco es atendido no le quedará más remedio que interponer una demanda de desahucio y reclamación de cantidad por medio de abogado y procurador. Si los gestores de la sociedad arrendataria no la han avalado personalmente, el cobro dependerá de que la sociedad tenga bienes. Si la han avalado, también se les debe requerir personalmente por medio de burofax con certificación de contenido, para que les alcance la condena en costas. 


    En cuanto a su última pregunta, mientras no consiga la resolución del actual contrato, voluntariamente o por medio de un desahucio, no podrá disponer del local para arrendarlo a terceros.

    • Respondido por: Juan
    • Hace 14 años
  • Manuel Pregal

    Manuel Pregal

    profesional

    Hola,

    dado lo abultada de la cantidad, ya no podrá presentar una demanda por si mismo, y necesitará los servicios de Abogado y Procurador.

    Contacte con alguno de su confianza lo antes posible para iniciar los trámites pertinentes.

     

    Suerte.

     

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