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Lolyso

casero/a

¿Cómo puedo echar a mi inquilino ya que no cuida la casa? Tengo quejas de los vecinos y no cumple los pagos en el periodo

Mi inquilino no cumple casi nunca los periodos de pago, tengo muchas quejas de los vecinos y la comunidad de propietarios me ha llamado en varias ocasiones que es insoportable los gritos a cualquier hora del dia o  de la noche, el mobiliario que le he dejado en la casa en menos de cuatro meses he visto que han roto el tresillo y tambien tuve queja de la comunidad porque lo han puesto en el rellano de la vivienda, en resumidas cuentas me tiene muy cansada y quisiera que se marchen, necesito saber si tengo que esperar al fin de contrato o lo puedo echar antes.

Gracias.

  • Preguntado por: Lolyso
  • Hace 11 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (14)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Dulkia

    casero/a

    Gracias por su enlace, señor PHOLMO, y por las respuestas de los demás. En este caso, parece que lo que pregunta Lolyso entra en lo que me han respondido, ya que su inquilino reiteradamente incumple los plazos, y le puede poner la demanda de desahucio.

    • Respondido por: Dulkia
    • Hace 11 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Dulkia Cuando se firma que el alquiler será pagadero del uno al siete día del mes... y resulta que se paga por norma después, se está incumpliendo lo firmado =rotura de condiciones del contrato=se puede emprender el desahucio

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

     

    • Dulkia pienso que no lo ha entendido bien, el retraso tiene que ser reiterado y no admitido pacificamente por el casero para justificar un desahucio.
    • Ahí tiene otro enlace
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Hay que tener en cuenta que cuando se firma un contrato de alquiler, éste queda cerrado por dos candados con llave diferente una en poder del casero y la otra en manos del inquilino.O se ponen de acuerdo para finiquitarlo o se acude al juez,que es el único que dispone de la llave maestra para abrir ambos (entre 6-9 meses).

  • Dulkia

    casero/a

    Muchas gracias por el enlace, y si no he entendido mal, no es causa de deshaucio si el arrendador pone la denuncia cuando ya ha ha pagado el inquilino, aunque se haya retrasado, pero si la pone antes, sí sería causa de desahucio ¿lo entendí bien?

    • Respondido por: Dulkia
    • Hace 11 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Dulkia:

    Le sugiero la lectura del siguiente enlace:

    http://letradosalquileres.es.tl/Desahucio-por-impago-de-la-renta.htm

    reciba un cordial saludo

    despacho Armando García Fernández.

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Dulkia

    casero/a

    Lolyso dice que su inquilino no cumple casi nunca los periodos de pago, y que yo sepa y aquí se ha dichio muchas veces, el solo hecho de retrasarse en el pago es motivo de desahucio desde el primer mes que se retrase.

    • Respondido por: Dulkia
    • Hace 11 años
  • nickless

    casero/a

    Buenas tardes a todos, es curioso la rápidez con la que se da consejo sin saber del tema. Pedro Martínez ha contestado a Petra903 de forma espectacular. Uno no puede echar al inquilino cuando quiere sino cuando incumple el contrato. Meterte en un proceso de desahucio te puede llevar tiempo, con suerte, mínimo 6 meses. Animo Lolyso

    • Respondido por: nickless
    • Hace 11 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Petra, del piso se les echa cuando incumplan, no cuando lo desee. Si no se van se les demanda (si hay motivo), no se les denuncia. Y lo de la rapidez, pues 6,8,12 meses. Depende del juzgado.

    pedro Martinez

    Abogado

    5001@icagr.es

  • petra903

    casero/a

    Según están las Leyes puede echarlos  Del piso cuando lo desee. Si no se van... los denuncia y rápidamente la Justicia hará que salgan rápidamente.

    que tenga suerte.

    saludos

    • Respondido por: petra903
    • Hace 11 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Lolysolo:

    Al hilo de su última intervención le sugiero la lectura de los siguientes enlaces:

    http://letradosalquileres.es.tl/Los-derechos-del-arrendatario.htm

    http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm

    reciba un cordial saludo

    despacho Armando García Fernández.

    http://letradosalquileres.es.tl

     

  • Lolyso

    casero/a

    gracias por vuestra respuesta, espero que lo que si pueda sera echarlo al fin de contrato por un año.

    • Respondido por: Lolyso
    • Hace 11 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Debe recordar que está obligada a cumplir el plazo de alquiler pactado, si existiera una causa para dar por terminado el contrato estaría obligada a acudir al Juzgado para que resolviera, los ruidos y molestias que le indican los vecinos deben acreditarlos mediante denuncia ante la Autoridad competente.

    La rotura de muebles y enseres, supongo que estarán inventariados, la podrá descontar de la fianza al término del contrato

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Lolysolo:

    Le sugiero que acuda a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos para que valore las opciones de resolver judicialmente el contrato por alguna de las causas que expone en su consulta.

    reciba un cordial saludo

    despacho Armando García Fernández.

    http://letradosalquileres.es.tl

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