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Beatriz1971

inquilino/a

El arrendador se queda con mi fianza, a pesar de cumplir el año de contrato

A ver si lo explico bien, porque vengo del extranjero. Alquilé una vivienda en el 31 de Mayo del 2009. En marzo de este año, la empresa donde trabajaba se quedo en quiebra y me quedé en paro. Me vi obligada de tomar medidas de ahorro, entre otras, buscarme una vivienda mas barata. Lo consegui, encontré una vivienda mas barata, el doble de grande y sin estrenar además. Decidi mudarme. El 28 de Mayo del 2010, justo después de ver la vivienda, mandé un correo electronico al arrendador. Lo aceptaron aunque dijeron que se quedaron un poco sorprendidos (no les dije el porque).

El 30 de Junio entregué las llaves, tras pasar y controlar el estado del piso por la arrendadora. La dije que del lavabo salía agua, (estaba suelto el chiffón) y su marido me dijo que me iban a devolver la fianza directamente a mi cuenta bancaria. Ella me dijo que el piso ya lo tenian alquilado de nuevo y que iba a entrar otra chica, ya al día siguiente.

Esta semana, como ví que no tenía el dinero todavía les mandé otro correo y ya empezaron con las excusas. Que tuvo que venir el fontanero, que faltaron dos fundas protectoras de los colchones (que nunca habian estado!!) y que tuvieron que limpiar el piso etc. es decir, que hicieron mas gastos y que en qué quedamos con la fianza. Bueno varías veces les dije que estaba dispuesta a pagar lo de la fontanería. Despues me dijeron que el contrato dice que yo, antes de cumplir el año de contrato, si queria salir, tenia que haber dado 2 meses de adelantación. Desde entonces ni me cogen el telefono, ni me responden al correo electronico. Es verdad que el contrato dice eso, pero como ellos me dijeron desde un principio de que me iban a devolver la fianza, yo confiaba en ellos. mas aun por la buena relación que habíamos tenido siempre y con comprension por mi situación del momento.

Que debo hacer? Necesito ese dinero con urgencia!

  • Preguntado por: Beatriz1971
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Beatriz, insisto en que si tu contrato comenzó un 31 de mayo, tendrías que haber avisado de que te ibas el 30 de abril (o bueno el 1 de mayo).

    Al no haberlo hecho, (dices que avisaste por mail el 28 de mayo) el 2 de mayo tu contrato ya estaba prorrogado  por otro año.

     

    Eso es lo que quería decirte, que el preaviso es de 30 días de antelación al CUMPLEAÑOS del contrato, no a cuando uno le venga bien dejarlo...

    Espero haberme explicado esta vez

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

  • Beatriz1971

    inquilino/a

    Hola Amparo,

    Gracias por tu respuesta. Si que he avisado a los arrendadores un mes antes de marcharme, ya que les mandé el correo el 28 de Mayo y entregé las llaves el 30 de Junio. Un mes y dos días antes. Estoy totalmente de acuerdo con lo que tu dices, a mi tambien me parecía que la ley solamente exige 30 días pero no estaba segura del todo, como son los leyes en España en este tema.

    De todos modos, gracias de nuevo y esperamos que venga un profesional aqui tambien para confirmarlo, ya que para abogados no tengo dinero.

    Saludos,

    Beatriz

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Beatriz1972

    Por un lado dices en el enunciado de tu pregunta "El arrendador se queda con mi fianza, a pesar de cumplir el año de contrato"

    Y sin embargo, al seguir leyendo se observa que avisas al arrendador el 28 de mayo, con la que tu contrato ya se había PRORROGADO POR OTRO AÑO, el 30 de abril....

    Hay incumplimiento de contrato por tu parte puesto que ni avisaste 30 días antes, ni abandonaste la vivienda el 1 de junio.

     

    Podrías ser demandada por este incumplimiento de contrato.

    Pero por otro lado, si la nueva inquilina ocupó el piso desde julio (es decir, no ha estado vacío ningún mes) no podrán demandarte nada pues no han sufrido perjuicios.

     

    Entonces - tema fianza - nos tenemos que centrar en el documento de fin de contrato y devolución de llaves.

    Si ahí no se detallaron desperfectos, no puede inventarlos ahora.

    Y si en el inventario de muebles y enseres no figuraban las fundas de colchones, tampoco puede exigir que las reponga.

    Lo de los dos meses que alegan es NULO, la LEY exige solo 30 días.^

    Podría usted intentar reclamar la fianza (al menos la diferencia entre la fianza y las facturas de fontanería) pero dada la forma de terminar, no sé cuáles serían sus posibilidades.

    Ojalá venga un profesional y se lo diga. Pero le van a decir que lleve el documento de fin de contrato a un abogado para que lo lea..

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

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