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Marcos

inquilino/a

Conflicto con la fianza
Buenas a todos y todas, Busco asesoramiento con respecto a un conflicto que tengo en relación a la fianza y a la devolución de la misma.  Firmé un contrato de 11 meses de duración renovable hasta 3 años.  A los 15 meses decidí dejar el inmueble avisando el día 7 de que ese sería mi último mes en la vivienda. Me ofrecí a ayudar al casero en todo lo que estuviera en mi mano:   enseñar el piso   (le llegó a dar mi teléfono a la inmobiliaria, la cual contactaba directamente conmigo para enseñar el piso, me pedía vídeos, fotos etc y yo accedí sin ningún problema),   irme varios días   antes para que pudiera limpiarlo a fondo ya que el nuevo inquilino entraba el día 1... El día de la entrega de llaves (día 27) el casero no comenta ningún desperfecto, a excepción microondas (estaba oxidado por debajo del plato). Pasados dos meses (porque estábamos esperando que llegaran las facturas pendientes) el casero me comunica que NO me da la fianza alegando que avisé con 23 días de antelación, que no habían pasado 6 meses desde la renovación automática del contrato y que el microondas estaba así de un mal uso y que por tanto tiene que cubrir esos gastos. Ahora estoy en la tesitura de no saber quién tiene la razón. Además no sé como he de proceder en estos casos. Soy consciente de que no avisé con 30 días, pero según he leído en la LAU, si esto no interfiere en que el arrendador alquile el piso (es decir, no genera un pérdida para él), no tiene porqué tenerse en cuenta y el piso lleva alquilado desde el día siguiente a yo abandonarlo. Muchas gracias a todos de antemano, espero que me podáis aclarar el asunto. Un saludo
  • Preguntado por: Marcos
  • Hace 5 años
  • Categoría: Todas
Respuestas (1)
opinionlegal ha sido el primero en contestar
  • opinionlegal

    opinionlegal

    profesional

    Buenas tardes Marcos, le contesto por partes 1.- Lo del plazo de desisitimiento a los 6 meses es únicamente al inicio del contrato 2.-  El plazo de restitución de la fianza en el alquiler será dentro del mes desde que el arrendatario entrega las llaves de la finca (artículo 36.4 LAU). Si no se restituye en dicho plazo devengará a el interés legal favor del arrendatario. 3.- Si en el contrato de rescisión del contrato y entrega de llaves el arrendador no especifico que debía reponer o reparar el microondas, este no se lo puede exigir ahora, la cuestión es saber si firmo contrato de fin de arrendamiento. 4.- Estará obligado a pagar indemnización al arrendador únicamente si así se hubiera establecido en el contrato.  
    RECOMENDACIÓN:
    Le recomiendo como inquilino que le envie al arrendador un   burofax   donde le solicite formalmente la devolución del importe de la fianza al haber finalizado el contrato.@opinionlegalbcn









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