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Natalia

inquilino/a

Subida cuota
Tenemos una prorroga que comenzó en julio, con su respectiva Subida de IPC, en septiembre sin previo aviso pasan el recibo de un importe superior. Manifiestan que es Subida por IBI y gastos comunidad. En contrato consta revision anual por estos conceptos. Mi pregunta es: pueden hacerlo en cualquier momento del contrato ( sin coincidir con la prorroga, julio en este caso)  y sin comunicacion previa? El propietario ahora es Solvia, hemos tenido mil problemas e irregularidades con ellos... Gracias!
  • Preguntado por: Natalia
  • Hace 5 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Natalia, el arrendador puede repercutir el IBI al inquilino si así aparece pactado en el contrato, previa justificación de su importe, también puede repercutir los gastos de comunidad si se ha pactado en el contrato y además figura en el mismo el importe anual de esos gastos, si no figura ese importe la cláusula es nula. Pedro Hernández Olmo, abogado
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 5 años
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