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Cristian

inquilino/a

Subida abusiva del alquiler
Firme el contrato de alquiler el 18 de marzo 2015, el propietario de la vivienda lo ha ido subiend anualmente segun el IPC y hoy, 8 de abril de 2018, después de 3 años de subidas anuales del IPC dice q lo va a incrementar un 7% porque si, según el porq los alquiler están subiendo y así se compensa el alquiler de la vivienda con la subida de los alquileres. Mi pregunta es: ¿esta subida no me la tendria q haber notificado antes del 17 de marzo de este año? ¿ no se supone q estoy en un año de prórroga al no notificarme nada antes de esta fecha? ¿ puede subirme así el alquiler? Un saludo y gracias de antemano
  • Preguntado por: Cristian
  • Hace 6 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (2)
Victor G ha sido el primero en contestar
  • PdC sociedad inmobiliaria

    PdC sociedad inmobiliaria

    profesional

    Buenos días,
    Si no le han notificado de forma fehaciente con una antelación de al menos 30 días a la finalización del contrato su voluntad de no renovarlo, el contrato sigue en vigor por lo que se ha prorrogado por un año más, por lo tanto se mantienen las estipulaciones del mismo.
    Esto quiere decir que a lo sumo, le pueden actualizar la renta en los términos pactados.
    Dígale que le justifique dicha subida en base al contrato y que le entregue certificado del INE (artículo 18 LAU 94 anterior a la modificación de 1 de abril de 2015)
    Un saludo 
    PdC Sociedad Inmobiliaria 
  • Victor G

    inquilino/a

    Hola Cristian.

    Para aclarar lo que comentas, nos tenemos que remitir al artículo 10 de la LAU. La fecha de referencia que tienes que mirar es la de tu entrada en el piso, no la de la firma (no siempre coinciden, de hecho a menudo la de la firma es anterior).

    Si se preavisa con al menos 30 días de antelación al fin del contrato, el casero es libre de negociar un nuevo contrato o directamente no renovarlo. Pasado ese plazo, efectivamente, se activa una prórroga por un año.

    Por lo que comentas, ya has entrado en esa prórroga, por lo que la subida que te pida el casero tendrá que ceñirse a lo que tengáis pactado en el contrato, y podrías denegarle subidas de cantidades superiores.
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