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Jordi Marín Marín

casero/a

¿Qué ocurre por ley en la segunda subrogación si el hijo es ya un jubilado?
Quisiera preguntar como propietario de un piso de renta antigua: la abuela muy mayor acaba de morir y era la primera subrogación. La segunda subrogación tiene como beneficiario al hijo de la fallecida que ya tiene 68 años y está, según me dicen, jubilado. ¿Cómo quedará el contrato a partir de ahora? Saludos

Jordi M
  • Preguntado por: Jordi Marín Marín
  • Hace 14 años
  • Categoría: Renta antigua
Respuestas (1)
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  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    De acuerdo con la exposición del tema y lo previsto en la DT2B)5 de la LAU ese contrato se extinguira a los dos años de la subrogación.

    En mi blog, cuya lectura le recomiendo, pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
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