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escribirmeya

inquilino/a

Mi contrato es del 1 de septiembre renovable de 6 en 6 meses, está renovado el 1 de marzo y me caduca el 1 de septiembre
La casera me dice que no sabe si me renovará y si me renueva que es posible que me suba el alquiler , ¿tiene derecho a hacer eso? en el contrato hay una cláusula que pone que puede necesitar el piso y que puede avisar con un mes de antelación, eso es legal?
  • Preguntado por: escribirmeya
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
escribirmeya ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Esa cláusula que dices, sólo podría hacerla valer en uno de los cumpleaños del contrato (preavisando con 30 días) no en cualquier momento. Además para que esa cláusula tenga validez, en el contrato debe figurar el motivo por el cual podría necesitar la casa para vivir.

    Si no figura, no puede rescindir el contrato hasta que cumpla 5 años.
  • escribirmeya

    inquilino/a

    Gracias, sí es mi vivienda habitual, y es importante porque vivo en zona turística y ahora ponerme a buscar piso es una odisea, entonces, según entiendo no podrían echarme del piso durante los 5 años 1ºs del contrato? me da miedo la cláusula esa d que si ella necesitase el piso tendría derecho a echarme con un mes de antelación, necesito conocer mis derechos, para saber qué hacer porque le voy a llamar en unos días para que me de una respuesta a lo que piensa hacer con el alquiler ya que debo ponerme a buscar en caso de que ella pueda echarme, un saludo, y gracias por contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Doy por hecho de que hablamos de tu vivienda habitual.

    No es legal que se renueve de 6 en 6 meses. La ley dice que las renovaciones son de año en año. Y, durante los primeros 5 años, el único que decide si se renueva o no eres tú, el inquilino.

    Respecto a la cláusula que dices del contrato, sólo es válida si dice por qué podría necesitar el piso, y, además, solo puede ejecutar ese derecho en uno de los vencimientos anuales del contrato (no semestrales)

    Si tú decides seguir renovando, sólo se podrá actualizar la renta aplicando el IPC que esté vigente al 1 de septiembre, que será el de julio, y que si sigue la tendencia actual será negativo, con lo que tienes derecho a rebaja y no subida de la renta.
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