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Samuel Vera Ocete

inquilino/a

¿Puede el arrendador romper el contrato de alquiler del piso unilateralmente porque está vendiendo el piso?

Tengo un contrato amistoso por duración de 6 meses y el dueño me ha dicho que tengo que dejar el piso en un mes, 4 antes de acabar mi contrato, debido a que está en trámites de vender el piso, me parece un abuso el hecho de romper un contrato unilateralmente sin existir ninguna cláusula referente a venta del piso ni desalojo prematuro en dicho acuerdo firmado por ambas partes. ¿Tengo derecho a reclamarle perjuicios? ¿al igual que el se hubiese quedado la fianza en caso de yo irme antes de lo pactado?

Gracias

  • Preguntado por: Samuel Vera Ocete
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
Vera Grande ha sido el primero en contestar
  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    Para sheilaiba. no se lo que es un "contrato amistoso" supongo que te refieres a un contrato privado (sin acudir a un notario)

    Puedes encontrar modelos de  contratos alquiler en el blog de AmparoBB:

    http://sites.google.com/site/papeleosalquiler/

  • sheilaiba

    inquilino/a

    alguien me puede decir como se redacta un contrato amistoso de alquiler de un piso??? el piso es de mi tio y quiero hacer un contrato amistoso con el, mas que nada porque necesito ese papel para solicitar la beca de estudios, ayudenme porfavor

  • Ramon Ruiz

    casero/a

    Samuel,

    A la docta respuesta de Vera, solo se me ocurre añadir que si, una vez tú hayas renunciado a comprar, tu casero vende esa vivienda, el nuevo propietario se suscribe en las obligaciones del anterior.

    Dicho de otro modo. Que, mientras pagues, tú no tienes porqué abandonar la vivienda hasta que finalice tu contrato.

    Si, como apunta Vera, esa vivienda constituye tu domicilio habitual, podrías conseguir cuatro prórrogas anuales al contrato original.

    Ramón Ruiz.

  • Vera Grande

    Vera Grande

    profesional

    Ud. como arrendatario, y si es su vivenda habitual (habría que ver el contrato), tiene la opción a compra, éso es, derecho a comprar la vivienda, por lo que el arrendador ha de comunicárselo con el precio, si Ud. decide no ejercitar su opción a compra, el propietario puee venderla.  Pero el propietario no puede venderla sin haberle antes comunicado por escrito  el precio de la vivienda y su opción a compra.

    Saludos

    Vera Grande Alonso

    Abogado

    www.abogadosgrande.es

     

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