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eugenia

casero/a

Si alquilo mi casa antes de 3 años de su compra ¿hay que devolver la deducción por vivienda habitual?
Con la subida de tipos actual y la pérdida de mi puesto de trabajo, me veo obligada a alquilar mi vivienda habitual e irme de nuevo a vivir con mis padres.

Mi vivienda la adquirí en Abril de 2.006 y desde entonces he estado beneficiándome de la deducción por inversión en vivienda habitual.

Una persona me ha indicado que si alquilo antes de que pasen 3 años desde que adquirí la casa tengo que devolver la deducción ¿es eso así?, ¿sería lo mismo si sólo alquilo habitaciones? ¿y si sólo la alquilo unos meses al año?

Agradezco infinito cualquier aclaración porque necesito alquilarla aunque sea unos meses hasta que encuentre trabajo.

He estado calculando y de tener que devolver la deducción casi me tocaría pagar el año que viene más de IRPF que la renta que recibiría de ahora a final de año por el alquiler.
  • Preguntado por: eugenia
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
Lucinda ha sido el primero en contestar
Lucinda ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Le afecta en que tendrá que declarar los alquileres que perciba pero si es la vivienda habitual de su inquilino podrá acogerse a las reducciones 100 o 60% dependeidendo de la edad del iniquilino y también podrá deducri los intereses de la hipoteca.

    En mi blog http://bit.ly/1dOo2ah puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • andale

    casero/a

    Buenos días,

    mi caso es que estoy pensando en alquilar mi casa que es mi viivenda habitual pero la compré en julio de 2013 por lo que no tengo derecho a deducción en el irpf. En este caso me afecta en algo?

    gracias

    • Respondido por: andale
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Si deja de ser su vivienda habitual antes de los tres años de su primera ocupación como tal sin causa justificada deberá devolver las deducciones practicadas con sus correspondientes intereses.

    Cuestión distinta es que considere que la pérdida de empleo y subida de tipos de interés es causa justificada para el abandono de la vivienda, esta consideración tendrá que defenderla ante la AEAT en caso de comprobación fiscal.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
  • Lucinda

    casero/a

    De acuerdo con el artículo 68.3 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ?Se entenderá por vivienda habitual aquella en la que el contribuyente resida durante un plazo continuado de tres años. No obstante, se entenderá que la vivienda tuvo aquel carácter cuando, a pesar de no haber transcurrido dicho plazo, se produzca el fallecimiento del contribuyente o concurran circunstancias que necesariamente exijan el cambio de vivienda, tales como separación matrimonial, traslado laboral, obtención de primer empleo o de empleo más ventajoso u otras análogas?.

    Por tanto, si la vivienda se alquila antes de que transcurra ese plazo y se deja, por tanto, de residir en la misma, coincido con la opinión de que, en ese caso, se perdería el derecho a las deducciones que se hayan practicado en relación a dicha vivienda, con las consecuencias fiscales que se establecen en la normativa.
    • Respondido por: Lucinda
    • Hace 15 años
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