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Santiv

inquilino/a

¿Es legal cobrar el equivalente a 2 meses de renta en concepto de

Lo dicho, así tal cual lo indica el contrato. Además, dice que si me voy antes de cumplir un año de contrato pierdo la posibilidad de recuperarla, independientemente de que el piso quede en perfectas condiciones. ¿Es esto legal?

 

  • Preguntado por: Santiv
  • Hace 13 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
deaquiydealli ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Santiv:

     

    Técnicamente sería más correcto que figurase un mes de renta como fianza y otro mes de renta como garantía adicional. Sin embargo en la práctica lo frecuente es lo que consta en su contrato, práctica que no aconsejo.

     

    Reciba un cordial saludo 

     

    Despacho Armando García Fernández.

     

    http://letradosalquileres.es.tl

     

    Email: letradoalquileres@hotmail.com

     

    Email2: armandogarcia@ical.es

     

  • deaquiydealli

    casero/a

    Lo legal es un mes de fianza, pero la LAU dice que se puede pedir cualquier tipo de garantía adicional.

    en cuanto a estar un año, el contrato se firma por ese tiempo, así que es tu obligación estar ese año, si te fueras antes, sería incumplimiento de contrato por tu parte y el propietario podría demandarte judicialmente para que pagues los meses que restan hasta cumplir el año, así que perder la fianza, me parece un trato más que bueno.

    Qué pasaría si fuera al revés? Que el propietario antes de cumplir el año te dijese que te marches? No preguntarías aquí por tus derechos?

    Artículo 9 de la LAU.

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