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elchavo

inquilino/a

¿Derecho a calefacción por contrato?

Hola,

¿alguien me podría decir si en relación a la siguiente cláusula, que es la única parte que alude al servicio de calefacción en el contrato de alquiler (es de 1969) es suficiente para considerar que se tiene derecho a calefacción central, ante un juez o ante cualquiera?

Dicho párrafo es:

"Todas las elevaciones sobre las contribuciones, impuestos, arbitrios, servicios y calefacción, que a partir de la fecha pudieran producirse, serán acumulables a la renta pactada por el presente contrato."

Gracias. Un saludo.

  • Preguntado por: elchavo
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
Lucinda ha sido el primero en contestar
  • Lucinda

    casero/a

    Yo entiendo que esos gastos que se mencionan son aparte de la renta, es decir, que por un lado pagas el alquiler y por otro los impuestos, servicios, calefacción, impuestos ... Tienes derecho a calefacción, pero debes pagarla tú.

    • Respondido por: Lucinda
    • Hace 14 años
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