Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

JUAN FRANCISCO ROSEL

inquilino/a

¿Es esta cláusula del contrato de arrendamiento abusiva?
Hola buenas, tengo el contrato de alquiler desde Febrero de 2008.

En la clausula decimocuarta dice:

Si la parte arrendataria resolviera anticipada y unilateralmente el contrato o abandonase el inmueble sin cumplir el plazo obligatorio, vendrá obligado en ambos casos a pagar una cantidad equivalente a las rentas mensuales y cantidades complementarias que se devenguen desde dicha resolución o abandono hasta 6 meses o en su caso, hasta la terminacion del plazo contractualmente pactado o hasta la recuperación del inmueble por la propiedad si este plazo fuera superior, e incrementada en ambos casos en una mensualidad más en concepto de indemnización por el perjuicio ocasionado.


Pues bien no entiendo muy bien esta cláusula. Es decir, imaginemos que yo ahora quisiera dejar el inmueble, que tego que hacer? que tengo que pagar? 6 mese?? no es abusivo?? no lo entiendo. Me lo pueden explicar por favor.
  • Preguntado por: JUAN FRANCISCO ROSEL
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    No dices nada de la duración del contrato. Pero suponiendo que sea un contrato de duración mínima un año, tu arrendador está intentando protegerse de un incumplimiento por tu parte.

    Verás, él, de ninguna de las maneras puede rescindir el contrato (mientras que tu pagues y no realices actividades nocivas u otros motivos de rescisión), sin embargo, tú sí que puedes desaparecer pasado mañana, independientemente de las acciones judiciales que tu casero pueda emprender contra tí. Lo que él pretende con esas cláusulas es que tu no incumplas tu parte del contrato.

    ¿Abusiva? Pues no sé, un juez podría condenarte a algo muy parecido, pero encima te haría pagar a tí las costas (abogados y procuradores de ambas partes).

    De todos modos, si todos cumplen su parte del contrato, que para eso son los contratos, para establecer compromisos entre las partes, no tienes de qué preocuparte ...
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas