Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Antonio72

inquilino/a

Problemas mantenimiento en viviend alquilada. ¿Qué puedo hacer?

Buenos días,
Vivo en un piso que por antigüedad y falta de mantenimiento empieza a sufrir daños severos en cañerias (se atascan constantemente), fontaneria (los grifos no cierran adecuadamanete) y baños (en uno la cisterna no funciona y pierde agua y en el otro directamente agua)...

El arrendador argumenta que todo funcionaba perfectamente, a pesar de que vuelve una y otra vez a chapucear buscando arreglar un problema que necesita al menos de un fontanero, y que me he dedicado a  sabotear su casa.

La situación se alarga desde hace 4 meses y quiero saber en caso de entrar en litigio que posibilidades tengo??

  • Preguntado por: Antonio72
  • Hace 12 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
Oscar Aparisi ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Pues las posibilidades dependerán de los informes que tengas, del abogado, del día que tenga el juez...

    Seria bastante más sencillo que llamases a un fontanero para que hiciera un presupuesto y un informe de la avería para saber a quién toca pagarlo, pero si el arrendador está intentando solucionarlo, poco vas a poder hacer.

    Lo primero de todo es poder demostrar que has avisado al arrendador de la necesidad de las reparaciones, y la mejor forma para eso es un burofax.

     Ayuda a cambiar el mundo!

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Inmoboteros

    Inmoboteros

    profesional

    he de discreparla ley es muy clara con este respecto, 

     

    1. El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario, a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil.

    La obligación de reparación tiene su límite en la destrucción de la vivienda por causa no imputable al arrendador. A este efecto, se estará a lo dispuesto en el artículo 28.

     

    Si la obra durase más de veinte días, habrá de disminuirse la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que el arrendatario se vea privado.

    3. El arrendatario deberá poner en conocimiento del arrendador, en el plazo más breve posible, la necesidad de las reparaciones que contempla el apartado 1 de este artículo, a cuyos solos efectos deberá facilitar al arrendador la verificación directa, por si mismo o por los técnicos que designe, del estado de la vivienda. En todo momento, y previa comunicación al arrendador, podrá realizar las que sean urgentes para evitar un daño inminente o una incomodidad grave, y exigir de inmediato su importe al arrendador..

     

     

     

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola,

    Siempre que hay reparaciones en una vivienda de alquiler es complicado saber quien tiene que pagar la reparación.

    La ley dice que todas las reparaciones pequeñas o que se hayan producido por el mal uso las tiene que pagar el inquilino, y  las reparaciones grandes o que se deterioran por viejas, etc... el arrendador.

    El problema es saber donde están los límites entre reparación pequeña y grande, así que lo mejor es llegar a un acuerdo entre arrendador y  arrendatario para solucionar el problema sin llegar a tener un pleito, que siempre suele salir mucho más caro a las dos partes que la propia reparación.

    Saludos

    Oscar

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas