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liebe

inquilino/a

liebe
Buenos días tengo unas cuentas dudas en el que respecta mi contrato de alquiler. Firmemos un contrato el 1 de marzo del 2016 en el cual no sale en el contrato la referencia catastral, en los pactos en el contrato pone en el presente contrato de arrendamiento tendrá una duración minum a de un año en el supuesto caso de dejar el piso posterior al periodo minimo de alquiler ( 1 año ) el arrendador deberá avisar con 2 meses de antelación. En el supuesto caso que el arrendatario quisiera hacer usufructo o venta de la vivienda en alquiler también tendrá la obligación de avisar al arrendador con 2 meses de antelación. En nuestro contrato de alquiler fomulan dos propietarios hermanos, en diciembre nos comunica la hermana que el 30 de febrero debemos de dejar la vivienda porque la necesita para uso propio, nosotros le pedimos que nos haga un escrito donde figure que ella necesita el piso para uso y que nos tenemos que marchar. Fuimos al registro de la propiedad para ver quien era el propietario de la vivienda y solo figura el hermano como propietario no ella. Entonces ella no podría optar por la vivienda porque no es del primer grado del propietario no? Mi siguiente duda es que cuando nos empadronemos en la vivienda el propietario aparece en el censo, y las factura de agua y luz están a su nombre y su cuenta bancaria.  La fianza no esta depositada en el INCASOL, entonces el al estar empadronado, con los suministros a su nombre, no esta declarando la vivienda como alquiler sino como propiedad habitual suya no? Hemos tenido problemas a mas con el termo y ha tardado mas de 1 mes en arreglarlo y hace 1 mes con la lluvia se abrió una grieta dentro de casa donde me caía agua y por mucho que le insista no viene arreglara. Pasando todo esto que estoy contando tampoco se sabe si esta vivienda tiene cedula de habitabilidad ya que según comenta el propietario hace 5 años hizo obras en la vivienda y se las hizo el y dudo que pidiera ningún permiso. En la vivienda hace muchissimo frio ya que hay varios abujeros que no están cerrados y entra bastante aire. El propietario también me comento que cambio las tuberías que antes iban por el suelo y las puso en el techo. Cosa que en la habitación de matrimonio muchissimas veces me huele a cloaca.
 
  • Preguntado por: liebe
  • Hace 7 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
Oscar Aparisi ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola,
    La cédula de habitabilidad no tiene nada que ver con que haga obras o no, la cédula la conceden cuando se termina la obra, y es una licencia de primera ocupación.
    Hoy en dia, lo normal, es que al hacer obras, las tuberías las pongan por el techo de la misma, lo que no es normal es que la habitación huela a cloaca.
    Debe informar de forma fehaciente al propietario de todas las reparaciones que tiene que subsanar y que así le correspondan, y si no lo hace, debe demandarlo.
    sin escrito, no tiene porque abandonar la vivienda hasta cumplir el 3er año, y si ella no es propietaria no puede solicitar la vivienda.
    Debe exigirle al propietario el recibo de como que está depositada la fianza en el organismo correspondiente, y avísele de que si no lo hace, dará parte a hacienda.
    El arrendador está obligado a depositar la fianza y a declarar los ingresos percibidos por el arrendamiento, así que, si no lo hace está en su derecho/ obligación de denunciar dicha irregularidad.
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