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veronikita

veronikita

inquilino/a

Puede mi casero obligarme a pagar la luz y el agua, si no hay contadores individuales?

Vivo en un piso de alquiler, somos 5 vecinos. Los cinco pisos tienen distintos metros y el mio junto con otro són los mas pequeños, puesto que arriba hay 2 dúplex y abajo uno de planta baja bastante grande. Mi problema es que el propietario no instala los contadores de luz y agua individuales y estamos con el contador de obra, por mas que le decimos que los ponga, el propietario siempre nos dá largas y excusas. Hace unos dias vino con un papel escrito por él con la cantidad a pagar y me parece muy exagerado. En el dúplex de arriba hay 15 personas viviendo porque realquilan las habitaciones y tienen el doble de electrodomésticos que en una casa normal. El propietario dice que el reparto lo ha hecho por metros cuadrados, pero, cómo puede saberlo por metros si en un piso viven 1 o 2 personas y en el otro 15 ? Siento que mi casero me està queriendo sacar el dinero. ¿És legal lo que pretende hacer?

  • Preguntado por: veronikita
  • Hace 11 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Alberto Oteiza ha sido el primero en contestar
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    No, no es legal, y podeis no pagar si no se os presenta una factura real emitida por una compañía que tenga permisos para "vender" electricidad.

    Podríais empezar por reclamar la instalación de contadores de forma fehaciente, es decir, mediante un burofax.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 11 años
  • Alberto Oteiza

    casero/a

    hola,

     La medición de la facturación de todo suministro se realizará por contador, que es el único medio de la contabilización del consumo, sin perjuicio de lo establecido para cada caso por la Sección 4 del Documento Básico HS del Código Técnico de la Edificación, aprobado mediante Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.
    Como norma general, para los inmuebles con acceso directo a la vía pública, la medición de consumos se efectuará mediante:
    –Contador único: cuando en el inmueble o finca sólo exista una vivienda o local, en suministros provisionales para obras y en polígonos en proceso de ejecución de obras y en tanto no sean recibidas sus redes de distribución interior.
    –Batería de contadores divisionarios: cuando exista más de una vivienda o local, será obligatorio instalar un aparato de medida para cada una de ellas y los necesarios para los servicios comunes.
    .(Artículo 33 Decreto 120/1991)

     

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