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Reuge

inquilino/a

Alquilé un piso con contrato y resulta que no tiene el servicio de luz dado de alta
El propietario no quiero hacerlo, y pretende que no abramos al revisor del contador ya que la casa no lo tiene pero está enganchada de la torre de luz.

No queremos estar en esta situación y estamos buscando piso para irnos, pero ¿tenemos que seguir pagándole lo mismo, siendo que en el contrato mintió descaradamente? nos sentimos estafados ya que nos ha tomado el pelo reiteradas veces al hablarle de este tema.
  • Preguntado por: Reuge
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (4)
Antonio Postigo ha sido el primero en contestar
Juan ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Juan

    profesional

    Si los hechos confirman lo que parece, los arrendatarios están en una inmejorable posición para dejar de pagar rentas, después de notificarle la irregularidad y la necesidad de corregirla. Antes habría que asegurar que del contrato no se desprende que la vivienda carece de servicio eléctrico y que el alta en ese servicio corresponde al arrendatario, aunque incluso en ese caso la instalación eléctrica de la vivienda tendría que estar en condiciones de contratar el servicio sin necesidad de realizar ninguna obra.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • Desahucios Ya

    Desahucios Ya

    profesional

    Hola, Al alquilar una vivienda, ésta tiene que estar apta para su habitabilidad, y tener los servicios para poder vivir, es decir luz y agua, bien sea a nombre del inquilino o a nombre del propietario.

    El contrato de alquiler a usted le obliga a abonar el alquiler íntegro independientemente de los servicios que tenga, dado que usted lo aceptó, lo que puede hacer es solicitar la resolución del contrato, y bien en función de cómo se haya realizado el contrato, reclamar por incumplimiento contractual.

    Si tienes cualquier duda puedes ponerte en contacto con nosotros y trataremos de ayudarte y de quedar a tu entera disposición.

    Un saludo
    www.desahuciosya.com
    informacion@desahuciosya.com
    T.91.184.03.50
  • Reuge

    inquilino/a

    El contrato incluye gasto de agua y luz, hasta 50 euros por recibo. Pero la cuestión es que el robo de luz es un delito contemplado en el código penal español, y según el contrato dice que el propietario declara que están correctamente habilitados todos los servicios.

    Con el agua incluso también tuvimos problemas, ya que cuando pasó el revisor y miró el contador, resulto que hacía más de 10 años que no se pasaba lectura. Osea que hay problemas por todas partes, está claro que no queremos seguir viviendo aquí, pero cómo actuar hasta encontrar otro piso donde mudarnos? qué pasa con el hecho de que nosotros firmamos un contrato por unas condiciones que no tenemos ¿qué hay que hacer? estamos perdidos, no se a dónde acudir, si a consumo o qué. Hablando con él lo único que logramos es que nos tome el pelo, diciéndonos que no sabía que no había contador en la casa!!!
    • Respondido por: Reuge
    • Hace 15 años
  • Antonio Postigo

    profesional

    ¿Cómo se recoge en el contrato el pago del suministro eléctrico?

    Dependiendo de si está incluido en el arrendamiento, o si lo cobra aparte, si efectivamente le pasa recibos por ese concepto, etc. Es recomendable actuar de una manera u otra.

    ¿Nos cuenta lo pactado sobre ese asunto y cómo lo hacen?

    Un saludo.

    Antonio Postigo
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