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joaquin alfono

inquilino/a

me echan del piso

hola, me echan del piso porque lo necesita para su hijo, y me dijeron por aquí el otro dia que la dueña corria con los gastos de mudanza etc.... y que podría prolongarlo hasta la fecha de firma del contrato (llevo 1 año y 8 meses viviendo aquí)...hoy hable con una abogada y me dice que me tengo que ir obligatorio sin posibilidad de aplazarlo y que la dueña no tiene porque pagarme nada....alguien puede explicarme esto bien, me encuentro totalmente indefenso ya que no encuentro piso y no tengo mucho dinero....muchas gracias

  • Preguntado por: joaquin alfono
  • Hace 8 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (5)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
Pelayo de Salvador ha sido elegida Mejor Respuesta
  • joaquin alfono

    inquilino/a

    muchas gracias al abogado.....

  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    1) Acude a un abogado especialista en arrendamientos urbanos, no a un generalista. 2) esta respuesta a la que te refieres es la mía, te la puedes leer de nuevo o que te la lea uno que sepa, 
  • joaquin alfono

    inquilino/a

    Buenas, La abogada con la que hablé, es generalista y medio amiga, pero me dice que en el 2013 se cambio la ley y que a partir del primer año cumplido tienes que irte, que lo de vencer el contrato en el cumpleaños solo es valido para el primer año, que en los siguientes eso no vale, y tienes que irte. Y lo de que me pagaba los gastos, alguien me puso (no recuerdo ahora quien) que los pagaba yo, pero que luego ella me los reponía...no se si habrá sido un mal entendido o yo no lo entendí bien. Pongo abajo el comentario Gracias

    Con dos meses, constancia y decisión, puedes encontrar otra vivienda, todos los gastos corren por tu cuenta y la arrendadora te los tendrá que reponer al igual que una nueva estancia en la vivienda por tres años, si en el plazo de tres meses, el hijo no la ocupa. Haz que en el documento de entrega de llaves conste que dejas la vivienda a requerimiento de la arrendadora para que la ocupe su hijo

  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Repetimos:
    Para que te pueda echar tiene que ser en el CUMPLEAÑOS del contrato, como puedes ver aquí: http://blog.desalvador.es/arrendamientos/duracion-terminacion-vivienda-ii/ 
    El arrendador NO TIENE QUE PAGARTE NADA, NADIE TE DIJO ESO. Lo único que se te dijo es que si no se ocupa la vivienda para uso propio (o su hijo), puedes reclamar daños y perjuicios.
    Si la arrendadora no quiere esperar al cumpleaños, puedes negociar.

    Confirme con su abogada la experiencia que tenga en arrendamientos urbanos. Los abogados, al igual que los médicos, nos especializamos por materias. Hay generalistas, que saben un poco de todo y especialistas, que los saben todo de un poco. ¿Era su abogado un generalista o un especialista?
    Un saludo,
    www.desalvador.es
    Especialistas en Derecho Inmobiliario
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Por si no lo recuerdas, te adjunto tu anterior pregunta,las respuestas que se te dieron y tu comentario
    me echan porque necesita el piso para su hijo Hola, después de llevar 1 año y 5 meses en el piso y pagándolo todo puntualmente, como dios manda, me dice la dueña que tengo que irme debido a la clausula del contrato, la ley de arrendamientos urbanos 4/2013, del 04.06.2013, en su capitulo II- Art. 9 - párrafo 3,  ya que lo necesita para su hijo, pero el problema que yo me encuentro es que este piso estaba vacio, y me gasté casi 1000 euros en amueblarlo mas los 850 euros que me cobró la agencia, es decir que me encuentro que tengo dos meses para irme y no tengo dinero para buscar otro piso, ya que tendría que pagar la mudanza y otra vez la comisión de la inmobiliaria y buscar un piso vacio......mi pregunta es....puede la dueña echarme de esa forma, o tendría que pagarme la mudanza y el dinero perdido con la inmobiliaria.....ya que no me deja cumplir el contrato, que yo por mi parte estoy encantado aquí....o si puedo conseguir que no me eche o que me eche mas tarde, ya que necesitariaahorrar para la mudanza y la comisión de la agencia, que si no me veo con los muebles durmiendo en la calle, ya que tengo en el banco muy poco dinero.....que puedo hacer???...ayudadme por favor...muchas gracias Útil ( 0 )   Reporta   Alertas vía email   Compartir                                                                       Ordenación: Más reciente                                                                       Ordenación: Más antigua                                                                       Ordenación: Más popular                                                               Ordenación: Más reciente Respuestas (3) Piscis tres ha sido el primero en contestar 
    Piscis tres ha sido elegida Mejor Respuesta 
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    • si, claro. yo pretendo marcharme....si realmente lo necesita para su hijo que le vamos a hacer,   pero quien me asegura a mi que la dueña me va a pagar la mudanza  y  la comisión de la inmobiliaria,  en principio me dijo que ese no era su problema, que es una clausula del contrato  y me tengo que ir....... asi que como podría asegurarme de cobrar si ella no quiere pagar.....tendría que denunciarla y eso es un follón....quizás me quede hasta cumplir el año como comentó Salvador y asi ahorro...muchísimas gracias por la información, me ha sido de gran ayuda....gracias Útil ( 0 )   Reporta
    • Buenas tardes, 
      Además de la acertada respuesta de Piscis, debo incluir un matiz: 
      Ud. tiene derecho a permanecer en el piso hasta que se cumpla la anualidad del contrato, ya que la facultad del arrendador es únicamente de "RENUNCIA DE LA PRÓRROGA", y no una facultad para recuperar el piso en cualquier momento. 
      Un saludo, 
      www.desalvador.es 
      Especialistas en Derecho Inmobiliario. Útil ( 1 )   Reporta
    • Con dos meses, constancia y decisión, puedes encontrar otra vivienda, todos los gastos corren por tu cuenta y la arrendadora te los tendrá que reponer al igual que una nueva estancia en la vivienda por tres años, si en el plazo de tres meses, el hijo no la ocupa. Haz que en el documento de entrega de llaves conste que dejas la vivienda a requerimiento de la arrendadora para que la ocupe su hijo
      • Hace 1 mes
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