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Doinma

casero/a

¿Cuándo debe abandonar la vivienda?

El pasado 30 de Noviembre de 2010, se celebro el juicio de desahuicio y rentas sin que se presentara el inquilino por estar ilocalizable, segun nos dice el abogado la sentencia firme no contenia fecha de alzamiento, por lo que hizo un escrito solicitandola. Bien, pues llegamos a Marzo de 2011 y sin poder entrar en nuestra propia casa para comprobar si hay daños, ponerla en venta etc... ¿seguimos esperando o podemos hacer algo?

  • Preguntado por: Doinma
  • Hace 13 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (4)
javiersantander ha sido el primero en contestar
Pedro Martinez Mtnez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Doinma

    casero/a

    Gracias a tod@s por vuestras respuestas.

    Fuimos al juzgado y resulta que habian traspapelado la sulicitud de lanzamiento.

    Ya les vale.

    Seguimos esperando.

    • Respondido por: Doinma
    • Hace 13 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Para evitar esas situaciones, la LEC ya permite solicitar en lla propia demanda de desahucio que en el auto de admision de la misma se fije la fecha del lanzamiento para el caso de una sentencia condenatoria, que se lleva a cabo en el plazo maximo de un mes desde la fecha de la vista, es decir, que hace 3 meses que podrias haber reecuperado tu vivienda.

    Desconozco si el retraso se debe al desconocimiento de la norma por tu letrado o si la modificacion que permite hacerlo es posterior a la demanda. Si tienes curiosidad puedes preguntarselo...

    Ahora, lamentablemente, ya solo puedes esperar.

  • Marta26

    casero/a

    Solamente puedes esperar, sobretodo si a tu abogado se le ve competente, porque la justicia va así de lenta

    • Respondido por: Marta26
    • Hace 13 años
  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    tu abogado será quien mejor te pueda informar.

    Llegado a este punto creo que solo puedes esperar a que llegue la orden de lanzamiento y desalojen la vivienda.

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