Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

felix=08

inquilino/a

Cambio en las cantidades a abonar sobre lo firmado en el contrato de alquiler

hola, vivo de inquilino de hace 23 meses a razon de 1300€ de renta, y le di un deposito en efectivo de garantia de 5000€ (aval).

desde marzo 10 tengo problemas economicos, y le propuse pagrle 1150€ y los 150 lo fuera cobrando del deposito que le di, y me lo acepto, EN PACTO VERBAL.

desde entonces hasta ahora asi ha sido, no me ha mandado carta ni burofax, nada.

ahora viene la renovacion del tercer año. preguntas:

1.necesito seguir en la casa 

2.realmente debo algo? ya que el cobra 1150+150€

3.me puede denunciar si no reintegro lo del deposito

4.me puede denunciar al llevar admitiendo casi 10 meses 1150€, sin ninguna queja.

5.se puede negar a renovar si no le reintegro el deposito o si no le vuelvo a pagar lo firmado 1300, a partir de la renovacion del 3 año.

6.hay un plazo por el que si no reclama por burofax, es que lo admite y es valido. o da igual y solo vale el contrato, por que llevo 10 meses ingresando en la cuenta 1150.

gracias

  • Preguntado por: felix=08
  • Hace 13 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (1)
Manuel Pregal ha sido el primero en contestar
  • Manuel Pregal

    Manuel Pregal

    profesional

    Hola,

    leo su exposición y casi todas las respuestas van a depender de lo que hayan acordado en el pacto verbal. Entiendo que acordaron que esos 150€ se cobrasen del aval una temporada, pero...¿y despues? ¿debe reintegrar el aval a los 5.000 originales? ¿no?...

    Ciñéndonos a la Ley:

    1.- Es quedarse o no en la casa es decisión del inquilino durante los 5 primeros años. Al llegar cada vencimiento anual es libre de permanecer en la vivienda o abandonarla (con preaviso de 1 mes).

    2.- Si, debe lo que falta del aval hasta completar los 5.000 que menciona el contrato.

    3.- Si, el casero le puede demandar por no estar completo el aval. Generalmente esperará a que se consuma casi del todo.

    4.- Le pude demandar desde el momento que ingresa menos de lo que marca el contrato.

    5.- El casero no se puede negar a renovar dentro de los 5 primeros años.

    6.- Si hay contrato escrito no hay plazo para "admitir por costumbre".

     

    Espero haber ayudado.

     

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas