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carmenrebato

casero/a

Inquilino que se marcha antes de cumplir los cinco años de contrat
Tengo un inquilino con un contrato de 5 años, en octubre cumple el año de arrendamiento, y me ha comunicado verbalmente que dejara el piso para esa fecha, en el contrato de arrendamiento, no consta ninguna apartado de penalización ó indemnización por incumplimiento de contrato, puedo exigirles algún tipo de indemnización, por marcharse al cumplir el año de arrendamiento, ó legalmente la ley le permite hacerlo libremente en el primer año, aunque no cumpla los cuatro años restantes.
  • Preguntado por: carmenrebato
  • Hace 14 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (1)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    No, tu inquilino está incumpliendo su contrato de 5 años. No sé porqué lo firmó por 5 años pudiendo firmar por uno y quedarse 5, pero el caso es que lo hizo y ahora incumple.

    Puedes demandarle por este incumplimiento. Lo habitual es que el juez le condene a seguir pagando las mensualidades hasta el momento en que vuelvas a alquilar el piso. Además le condenarán a pagar las costas del juicio.

    En estos casos, para evitar gastarse ese dineral, las partes suelen negociar el que el casero se quede con dos meses de renta a cambio de finalizar el contrato por mútuo acuerdo y no demandar al inquilino.
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