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amparitoito

inquilino/a

En mi contrato hay una cláusula que dice que nos puede echar si nos avisa 30 días antes del fin de cada anualidad. ¿Es legal?

Dice textualmente "No habrá lugar a la prórroga del contrato si el arrendatario o arrendador renuncian a renovar el presente contrato notificaádolo a la parte afectada con un mínimo de 30 días de antelación a la fecha inicial de vencimiento de cualquiera de la anualidades" ¿es esta cláusula legal o mi casero se pasó de listo? Su intención es echarnos del piso en cuanto encuentre comprador.

Muchas gracias por las respuestas.

  • Preguntado por: amparitoito
  • Hace 14 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (1)
Muelles ha sido el primero en contestar
  • Muelles

    casero/a

    Si se trata de un arrendamiento de vivienda habitual, sólamente el arrendatario tendrá la facultad de renunciar a las prórrogas al final de cada anualidad, estando el arrendador obligado a soportarlas hasta un máximo de 5 años si el arrendatario así lo desea.

     

    Dicha cláusula se consideraría nula de pleno derecho al contravenir el artículo 6 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.

    • Respondido por: Muelles
    • Hace 14 años
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