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Inmaculada Crespo

inquilino/a

Conflicto en fecha de finalizacion de contrato
Hola a todos/as: Mi situación creo que es un poco complicada, voy a intentar explicarla bien: Vivimos en un piso de alquiler desde hace doce años. En febrero de 2006 firmamos un contrato que se prorrogó a los cinco años. Cuando estábamos en el año dos de la prórroga de tres años, es decir, iba a llegar febrero de 2013, estábamos en desacuerdo con la renta que pagábamos por lo que enviamos burofax en plazo indicando nuestro deseo de no continuar. Después de eso llegamos a un acuerdo telefónico en el que la renta nos bajaba 100 euros, y continuamos en el piso. No se dejó nada por escrito. Yo entiendo eso como un nuevo contrato que además pasa a ser verbal. Pasan entonces cinco años y, en marzo de 2018 fijamos una nueva cuota. Todos los recibos se pagan mediante transferencia bancaria El día 15 de octubre la dueña nos llama para decirnos que tiene la intención de vender el piso y que por tanto no lo renovará cuando llegué el próximo 30 de enero. Nosotros, aunque tenemos tiempo, empezamos a buscar un nuevo piso, por suerte lo hemos encontrado pronto y tras dar la señal informamos a la dueña de que podemos entregarle el piso a 15 de noviembre Cual es nuestra sorpresa cuando la dueña nos dice que nos avisó por cortesía pero que nuestro contrato termina el 30 de enero y que tenemos que pagar hasta entonces. En ese momento y para curarnos en salud le notificamos que queríamos desestimar el contrato y dejar el piso en 30 días a partir de ese día (26 de noviembre)
El problema es que parece que ella ha olvidado el burofax que canceló el contrato, y alega que estaríamos en el año 12 del contrato original y por tanto en las prórrogas tácitas que se renuevan anualmente. Mis preguntas son las siguientes: - Si es ella la que no quiere renovar porque va a vender el piso, ¿tendría yo que finalizar el contrato de todas formas o ya podría irme en cualquier momento desde que me hizo el aviso? - Nosotros le hemos contestado lo del burofax, que entendemos que estamos en un nuevo contrato.... que por tanto incluso podríamos permanecer en el piso hasta el 2021 y que si se lo cedemos el favor lo hacemos nosotros (yo ya no quiero quedarme desde luego). Para darle más peso legal hemos alegado que en marzo de 2018 hubo un cambio en la cuota y por tanto lo consideramos un nuevo contrato verbal que está regulado por la nueva ley de 2013 y que por tanto tenemos derecho a desestimación con 30 días, cosa que hemos hecho ¿tenemos razón? Por último, el problema va venir con la devolución de la fianza y entrega de llaves. Ya sé que no es legal del todo, pero ¿podría decirle que le haré el pago de la última mensualidad en el acto de finalización de contrato cuando ella compruebe el piso y me entregue la fianza? ¿Un nuevo contrato requiere de un nuevo depósito de fianza? Creo que ni siquiera depositaron la fianza del primer contrato, pero, supongo que, en cualquier caso, tendrían que haberla sacado y hacer una nueva con el contrato nuevo. ¿Puedo entonces supeditar el pago de la última mensualidad a que me enseñen el recibo de que la fianza está efectivamente depositada? Supongo que si no la tiene ya no me podría denunciar por el impago de los días de noviembre que falten hasta la entrega de llaves.
Muchas gracias por anticipado y siento la cantidad de preguntas. A mi me hubiera gustado hacer las cosas de buena fé, llevamos muchos años en este piso y no nos vamos por gusto, hemos intentado agilizar las cosas precisamente para devolver el piso cuanto antes ya que parecía necesitarlo, y encima nos encontramos con esto. Pero por eso mismo, y viendo el tipo de persona que es la dueña, queremos tenerlo todo bien atado. Muchas gracias
  • Preguntado por: Inmaculada Crespo
  • Hace 5 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (1)
Inmaculada Crespo ha sido el primero en contestar
  • Inmaculada Crespo

    inquilino/a

    Glups! Prometo que he puesto los puntos y aparte pero ha salido todo en un párrafo, siento la dificultad en la lectura :-)
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