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Bartolomé

casero/a

Vivienda con aluminosis
Tengo un piso, propiedad horizontal, con aluminosis, lo dedicaba al alquiler, lo tengo cerrado desde hace dos años, ahora en enero empezarán las obras de rehabilitación. ¿Debo tributar IRPF al 2% del VC como si fuera segunda residencia?

Los costes de la reparación, que son muy elevados, ¿podré desgravarlos de la declaración de IRPF una vez pueda alquilar el piso?

Gracias
  • Preguntado por: Bartolomé
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
Armando Perea ha sido el primero en contestar
Armando Perea ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Juan

    profesional

    No hay imputación de rentas cuando se trate de inmuebles en construcción ni en los supuestos en que, por razones urbanísticas, el inmueble no sea susceptible de uso (último párrafo del artículo 85.1 de la Ley del impuesto sobre la renta de las personas físicas).

    Por su parte, el artículo 23.1 de la misma ley permite deducir todos los gastos necesarios para la obtención de los rendimientos, entre ellos los de reparación y conservación del inmueble (no los de ampliación o mejora). Si estos gastos son superiores a los rendimientos anuales, el exceso se podrá deducir en los 4 años siguientes.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • Armando Perea

    Armando Perea

    profesional

    En cuanto a los costes de reparación son gastos deducibles, aunque no podrán exceder de la cuantía de los rendimientos íntegros.
  • Armando Perea

    Armando Perea

    profesional

    Sí, debes tributar el inmueble; pero si ha habido revisión catastral (muy probable) es el 1,1% de su valor.
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