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maria y maca

inquilino/a

¿Puedo irme teniendo una reclamacion de luz y agua de unos 1000€? ¿o tengo que seguir aguantándome?

Vivimos en un bajo, pegados a un bar y tenemos un patio con un cuarto en muy malas condiciones.Bueno, por estas dos partes nos han entrado al patio "RATAS",a causa del bar que esta la mayoria del tiempo cerrado; A esto se le suma lo que haya en ese cuarto,que puede caer y que por mas que le pedimos al dueño no lo ha querido derrumbar.....A parte se nos inundo la despensa de la cocina por una bomba de agua, que no sabiamos que existia...... y bueno tambien esta lo que el otro dia pregunte, de que  estaban enganchados al contador de la luz. Me quiero ir de este piso !!!!

  • Preguntado por: maria y maca
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
manuel josé ha sido el primero en contestar
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    envía un burofax con todas las deficiencias y de que desenganchen la luz y el agua en un plazo no superior a una semana y si no te hacen caso busca un abogado y demanda pero ya

  • manuel josé

    casero/a

    Basándote en la existencia de ratas podrías  resolver el contrato  sin pérdida de fianza  pero tendrías que acudir a un juez.  Podrias comunicar al arrendador  por burofax con acuse de recibo que dada la existencia de esos ani9males  hacen  la vivienda inhabitable y , caso de que no te dé una solución  en el plazo de 10 dias,  te verás obligada rescindir el contrato  o  acudir incluso al juzgado, cosa que no desearía.  Si te contesta y habla contigo resolveis la rescisión haciéndolo constar por escrito.    En  cuanto a lo de la luz  ¿está a tu nombre?  si está a tu nombre  podrias en ese burofax  comunicarle al arrendador que haga el cambio de titularidad, sino la das tú de baja para no seguir aumentando  una  deuda   generada en parte por otro.   saludos,

  • manuel josé

    casero/a

    El  inquilino cuando hace un contrato normalmente de un año (no  si lo hace de más de un año), puede rescindir  el contrato comunicando  por burofax con acuse de recibo y certificación de texto 30 dias antes de final cada anualidad o prórroga.  Os reuniriais el arrendador  y tú el último día firmando, (además de desperfectos, consumos, ...) ambos la finalización con copia para cada uno. saludos,

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