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Manuel

casero/a

Puede negarse a entregar las llaves de la vivienda el inquilino?

Buenas tardes, Tengo un apartamento (piso) en la playa alquilado desde hace 15 meses, con muebles vista al mar muy bonito,  el inquilino hace 2 meses que me aviso por mensaje que se iba a marchar, pero posteriormente me indico por el mismo método que no sabia todavía que iba ha hacer al preguntarle cuando se iría definitivamente, pues ya me había salido otro inquilino que estaba dispuesto a alquilarla. El caso es que de esto ya han pasado 3 meses y que lleva 3 recibos impagados, y según me dijo tampoco pagaría mas, y no quiere devolverme las llaves de la vivienda aun  avisándome que ya esta en otra, donde reside de forma habitual, pues la mía la tiene cerrada cuando se estipulaba en el contrato era para vivienda habitual. El pretexto para no entregarme las llaves es que quiere que le firme un documento como que me entrega el piso en perfectas condiciones, yo temiéndome lo peor, a su vez le requerí ante Notario para que me hiciera entrega de las llaves previa inspección de la vivienda por los tres, fue entonces cuando vi que mis miedos estaban justificados. En el acta Notarial, se reconoce el estado defectuoso y falta de cuidados de la vivienda, y se expresa claramente que no entrega las llaves sin antes yo, renunciar a cualquier reclamación que pudiera emprender contra el por el estado vejatorio en que ha dejado la vivienda, además se atrevió a aconsejarme que con la presentación de la posible Demanda de Desahucio, esta podría tardar entre 6 a 18 meses  aprox. y que el me retendría las llaves durante ese tiempo, con los perjuicios que ello acarrearía a mi delicada salud así como también a mi precaria economía, que si fuera lista yo ya sabría que decisión tomar...me aconsejo, pues de lo contrario me perdería con toda seguridad la época alta de alquiler. Saliendo del Notario para mas descaro me quiso invitar a un café¡¡¡ que de aceptar me hubiera sabido a salfuman puro. Que puedo hacer...? Me puede causar tanto daño moral y económico como pretende? Muchas Gracias.

  • Preguntado por: Manuel
  • Hace 9 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (1)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Manuel: Usted dispone de 2 opciones:
    1º) Aceptar las condiciones impuestas por su arrendatario. 2º) Acudir a un/a abogado/a para que inste demanda de resolución de contrato por impago de rentas acumulando acción de reclamación de las mismas. Con este procedimiento podrá, posteriormente,  reclamar los daños sufridos en la vivienda. La duración será aproximadamente de 6 meses. Antes de optar por una o por otra le sugiero que trate ambas con un/a profesional experto/a en arrendamientos urbanos, el cual le detallará los pros y los contras de cada una de ellas. Reciba un cordial saludo.
    http://letradosalquileres.es.tl
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