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Isabel

profesional

Propietaria necesita recuperar su piso alquilado
Hola! Me llamo Isabel. Quisiera saber qué hacer para poder recuperar mi piso alquilado, ya que soy la propietaria y lo tengo alquilado. Necesito irme a vivir a mi piso y no sé qué tengo que hacer ni qué documentación debo presentar. Muchas gracias.
  • Preguntado por: Isabel
  • Hace 6 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (9)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Suerte
  • Isabel

    profesional

    Muchísimas gracias por sus consejos!! Me han sido de gran utilidad, ya que me han despejado todas mis dudas. Un cordial saludo
    • Respondido por: Isabel
    • Hace 6 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Isabel, si lo que quiere es vender el piso, tiene que utilizar la opción A que le indica Pholmo, ya que usted no lo quiere para vivir, si no para venderlo, por lo tanto, en Mayo de 2018 como habrá cumplido los tres años de obligado cumplimiento, avise con 30 dias de antelación de su intención de no renovar y punto.
  • Isabel

    profesional

    Quisiera darle las gracias a las personas que me han aconsejado, pues han sido de mucha ayuda.  Ahora me gustaría que me pudieran aconsejar sobre otra pequeña duda. Estoy interesada en vender el piso, que tengo alquilado, para comprarme otro en otro sitio. Podría hacer algo para poder venderlo, a partir de mayo de 2018 o tendría que esperar a más adelante? Muchas gracias
    • Respondido por: Isabel
    • Hace 6 años
  • Isabel

    profesional

    Pues muchas gracias por sus consejos.  Me gustaría hacer otra consulta. También estoy interesada en vender el piso, que está en Fuenlabrada, para poder comprarme otro en Valdemoro, ya que, en febrero me caso. Podría hacer algo para poder venderlo a partir de mayo de 2018 o no sé podría hacer nada? Muchas gracias
    • Respondido por: Isabel
    • Hace 6 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Isabel con ese dato tiene dos opciones:

    a) Comunicar a su inquilino, de modo fehaciente, burofax, y con treinta días de antelación al 1 de mayo de 2018, su voluntad de dar por terminado el contrato al cumplirse los tres años.
    b) Comunicar a su inquilino con dos meses de antelación al 1 de mayo de 2018, la denegación de prórroga por necesitar el piso para vd.
    Yo particularmente usaría la opción a) Pedro Hernández Olmo, abogado
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 6 años
  • Isabel

    profesional

    Pues no sé, porque no lo entiendo. Voy a escribir lo que pone en el contrato.
    "El plazo de duración del presente contrato, será de un año, a contar desde el 1 de mayo de 2015. Concluido el periodo contractual pactado, el contrato se prorrogará por periodos de un año, hasta un máximo de tres años salvo que el arrendatario manifieste por escrito y de forma fehaciente al arrendador, con dos meses de antelación, como mínimo, a la fecha de terminación del contrato, su voluntad de no renovarlo".
    Muchas gracias! Un saludo cordial
    • Respondido por: Isabel
    • Hace 6 años
  • Isabel

    profesional

    Pues no entiendo bien de cuánta duración es, pero de todas formas, voy a escribir lo que dice la cláusula del contrato sobre ésto. El plazo de duración del presente contrato , será de 1 año, a contar desde el 1 de mayo de 2015. Concluido el periodo contractual pactado, el contrato se prorrogará por periodos de un año, hasta un máximo de 3 años, salvo que el arrendatario manifieste por escrito y de forma fehaciente, al arrendador, con dos meses de antelación, como mínimo, a la fecha de terminación del contrato, su voluntad de no renovarlo.  Cómo excepción, no procederá la prórroga obligatoria del contrato, en el supuesto de que el arrendador necesitase ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de 3 años para destinarla a vivienda permanente para sí.
    • Respondido por: Isabel
    • Hace 6 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    De cuanto tiempo era el contrato??? Podrás recuperarlo al finalizar el mismo, sin tener que esperar a la prorroga obligatoria de tres años. Debes avisar con un mínimo de dos meses de forma fehaciente, e indicando el motivo.
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