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MARFALGUT

casero/a

Si domicilio la luz en la cta. del inquilino y no paga, ¿cómo lo se?

Si domicilio las facturas de agua y luz en las cuentas del inquilino y no paga, la responsable sigo siendo yo por tener el contrato a mi nombre, ¿no? ¿cómo lo hago para que no me deje un "cañón" cuando se marche?

  • Preguntado por: MARFALGUT
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
Domus ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • gabriela41

    casero/a

    le recomiendo que de baja a los contadores ya que si no pagan lo hara la compañia pero si el inquilino no paga las facturas se las reclamaran a usted , el domiciiar las facturas a nombre del inquilino no sirbe para nada se lo digo por propia experiencia cuando ahi deuda solo queda usted reflejada.y en algunos casos tardan en cortar aunque no paguen.y se llevan los contadores .

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Yo - gas y luz - lo veo por internet.

    Pero supongo que la compañía a los 2 ó 3 recibos corta el suministro.

    Al menos confío en eso.

     

    También puedes cambiar la titularidad.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

  • Domus

    Domus

    casero/a

    Siendo titular del contrato de suministro, la compañía suministradora le podrá informar telefónicamente de los pagos. De todas formas, el cambio de titularidad es gratuito, y es lo más práctico. Finalmente, la fianza responde también de las deudas por suministros que queden pendientes al finalizar el contrato, debiendo retener la fianza hasta que aquéllas sean saldadas. 

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
  • Domus

    Domus

    casero/a

    si sigue siendo titular del contrato de suministro, podrá averiguarlo telefónicamente siempre que conserve algun recibo o el contrato mismo, pues la compañía le pedirá los datos para informarle. De todas formas, el cambio de titularidad es gratis, lo debe hacer el inquilino y por teléfono es posible, sugiéraselo. En todo caso, la fianza responde entre otras cosas de esos suministros que al finalizar el contrato no estén todavía pasados al cobro, debiendo esperar por tanto a que quede todo saldado antes de devolverla. Lo más práctico, en todo caso, es cambiar la titularidad.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
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