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julio casas

inquilino/a

En qué artículo y de qué ley se basa una finca para quedarse con el dinero de un depósito
El 9 de febrero me presenté en la finca y me gustó un piso y pregunté que si lo podía tomar a partir de Marzo y me dijeron que sí y me indujeron a dejar un depósito, por lo tanto me hicieron un oficio donde consta la cantidad dejada y lo pendiente de dinero al firmar contrato, en ningún lado del oficio habla de cláusulas por no firmar contrato ni por ningún lado dice qué tiempo de espera me dan para firmar contrato, ni mucho menos en letra pequeña pre avisa de la pérdida del dinero dejado en depósito. Esta finca me hace ese documento por qué pactamos que serían 2 meses de garantía, y no tres, y además yo le pedí dejar constancia del depósito en ese momento, luego de siete días me presente en la finca y di aviso de no poder tomar el piso en el mes de marzo por motivo laboral, ósea el 17 de febrero, a partir de este día la finca me ha venido dilatando la entrega del dinero primero argumentando que se lo habían dado al propietario y luego que el propietario no lo quiere devolver
  • Preguntado por: julio casas
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Habría que examinar el documento de recibo de ese dinero, si se trata de una señal y vd ha desistido del contrato entonces la ha perdido.

    Pedro Hernández Olmo, abogado
    Web: pedrohernandezabogado.blogspot.com
    Teléfono: 976 399191
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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