Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Ana Maria1

casero/a

Debe aparecer en una clausula del contrato de alquiler la clasificación de eficiencia energética ?. En la C.de Madrid

.

  • Preguntado por: Ana Maria1
  • Hace 10 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (9)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    El técnico le ha de entregar el certificado con el número de registro del departamento de energia o industria que su comunidad autónoma tenga designado al efecto.

  • Ana Maria1

    casero/a

    Gracias Piscis tres, pero que quiere decir exactamente debidamente diligenciado ?

  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    No habiendo obligación de entregar el certificado al arrendatario, yo no le diría nada al respecto.

    Al técnico que hizo el trámite, le exigiría la entrega del certificado debidamente diligenciado.

  • Ana Maria1

    casero/a

    Imagino que tendrá que firmarse por las partes.

    Espero que lo acepte con fecha anterior a la firma del contrato, porque si es posterior, si ella quisiera podría ponerme objeciones, no ?. 

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Ana Maria hazlo, y entregalé una copia al arrendatario te evitarás problemas futuros

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    No es vincularlo, tienes que adjuntarlo y entregarselo al arrendatario en caso de que el arrendamiento sea superior a 4 meses, no hay que presentarlo en ningún sitio a no ser que te lo exijan, y creeme que llegará el momento que lo exijan, y en eses momento tendrás que tenrlo con fecha similar al contrato o bien anterior.

  • Ana Maria1

    casero/a

    Gracias Oscar por la respuesta.

    Te cuento el caso : En Julio encarqué al arquitecto que me hiciera el certificado. Vino a la vivienda y me dijo que estaría en unos dias. Estamos a fecha de hoy y no me lo ha dado ( dandome cada vex que se lo pedía variasdas excusas; que si vacaciones etc. ). Como con el nuevo inquilino no se firmaba hasta últimos de agosto, no me preocupé en exceso. Llegó el día de la firma y no le pude presentar el documento ni añadirlo como claúsula del contrato como era mi intención. Es una chica italiana y no creo que sepa sobre la ley y además está encantada con el piso y creo que la calificación será buena.

    Pues, eso, llegó el momento y firmé el contratosin tener el certificado ( se que me direis que tenía que haberl encargado a otro , pero este era conocido de otras operaciones durante años ) y ... :Pensé que al tener un mes para entregar la fianza y el contrato en Ivima podría rehacer el contrato con la nueva claúsula y la inquilina no me pondría pegas, pero estoy intranquilo . En Ivima me han dicho que no tengo que aportarlo con la documentación, pero me extraña, porque si no , de que sirve ?

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    ¿cómo sabes eso öscar?

    en mi opinión solo hay que tenerlo para poderlo mostrar. O tal vez entregar una fotocopia para el ivima (o similar) pero de vincularlo al contrato. ¿dónde dice eso?

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Debe adjuntarse (todo el informe) a un contrato si el arrendamiento es superior a 4 meses.

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas